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El camino hacia IPv6 (II): Un mundo feliz

En la anterior entrega de esta serie, vimos cómo el protocolo de Internet IPV4 ha servido con razonable eficacia las necesidades de la red desde su origen, pero, debido al crecimiento exponencial del tamaño de la red, está alcanzando rápidamente los límites operativos de funcionamiento para los que fué diseñado, en particular por el rango de direcciones únicas disponibles (256 elevado a 4, unos 4 mil millones de direcciones) y por la dificultad de su gestión eficaz.

También vimos cómo las alternativas existentes para superar el límite impuesto por de ese rango de direcciones de IPV4, basadas en la técnica denominada NAT, son una mala solución, pues a la larga crean más problemas de los que resuelven.

En tercer lugar, vimos cómo la asignación de direcciones de los rangos reservados, usada para la definición del Plan de Direccionamiento e Interconexión de Redes de Area Local de la Administración,  junto con su carácter fuertemente jerárquico, han conducido a un panorama de inseguridad, confusión e ineficacia que es preciso resolver.

Frente a estas dificultades, IPV6 aparece como el salvador, largo tiempo esperado. Estas son sus principales ventajas:

  • Se incrementan las direcciones disponibles, elevando a 4 las anteriores (256 elevado a 16,3.40282367 × 1038) unos 340 sextillones.
  • Configuración y reconfiguración IP sin servidor («plug and play»)
  • Mejores y más eficientes mecanismos para apoyo a la movilidad
  • Mejoras en la seguridad de las comunicaciones: encriptado y auntenticación a nivel IP
  • Simplificación y flexibilización del protocolo que lo hace más eficiente y adaptable.
La ventaja esencial del tremendo aumento de las direcciones disponibles es que todo dispositivo IP, sea del tipo que sea, tendrá su propia IP nativa. Esto, en palabras de Jordi Pallet,
«… permite restaurar uno de los principios basicos de Internet, la comunicacion extremo a extremo, y por tanto aplicaciones cliente-cliente (peer-to-peer), mas inteligentes, innovadoras, y por supuesto facilidad de configuracion, no tener que andar parametrizando el NAT o las aplicaciones, etc. Es decir, simplicidad para todo el mundo, menor coste de desarrollo de aplicaciones, menos tiempo de desarrollo, menos retardos, y sobre todo, posibilidad de ofrecer seguridad extremo a extremo
Otra notable ventaja de este enorme espacio de direccionamiento es que acelerará el desarrollo del «Internet de las cosas«. El Internet de las cosas, también llamado Internet de los Objetos (IO) por la UE transformará el mundo en que vivimos. En palabras del Comité Económico y Social Europeo,

… la IO conduce inevitablemente a una intelectualización del mundo tecnológico que nos rodea. Los objetos se vuelven «inteligentes» y en un determinado momento podrán aprehender sus propias posibilidades y propiedades y las de su entorno, adoptar decisiones de modo autónomo y actuar activamente para cumplir objetivos predeterminados o misiones asignadas. Cabe pensar que los objetos inteligentes estarán encondiciones de ejecutar las actividades más diversas y cumplir las tareas más variadas reaccionando en un momento dado a su entorno, es decir, adaptarse al entorno, modificar su configura­ción, reparar por sí mismos defectos propios e incluso decidir quién tenga acceso a ellos y cambiar de dueño.

En cuanto al soporte a la movilidad en IPV6, se consigue que cada dispositivo tenga una dirección IPV6 fija con independencia de su ubicación, y que pueda cambiar de lugar constantemente, incluido roaming, sin perder la conexión. También los dispositivos móviles pueden actuar como servidores en movimiento. Es por tanto una funcionalidad muy superior a la simple portabilidad que es lo que actualmente se puede conseguir con IPv4

En el caso de las AAPP, ya nos damos cuenta que la aplicación del protocolo IPV6 en sus redes y servicios permitirá poner orden en el galimatías actual, aplicando algunas de las recetas que sugeríamos en el anterior artículo. Pero para ello, obviamente, es preciso abordar cuanto antes una nueva redacción del documento Plan de Direccionamiento e Interconexión de Redes de Area Local de la Administración, que en realidad debería cambiar de nombre, pudiendo denominarse por ejemplo «Plan de direccionamiento e interoperabilidad IPV6 de las redes de la Administración«.

He eliminado intencionadamente el término «área local» pues creo que este plan debe cubrir todas las interconexiones, no sólo las internas o las de unos organismos con otros; también las que se refieren al mundo exterior.

Además, en este ámbito, las AAPP deben ser impulsores y líderes de la implantación de IPV6, no sólo por las ventajas y beneficios que les reportará sino por el efecto tractor de esta innovación en todos los ámbitos TI de la sociedad española.

Todo esto está muy bien, pero ¿cómo hacerlo?.

Hay que recorrer un largo camino hasta llegar a IPV6. Pero eso será tema de un artículo posterior.

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El camino hacia IPv6 (I): Un fábula sobre IPv4

Podríamos decir que, en el mundo Internet, el protocolo IP es como el aire que respiramos. Sin él, Internet no existiría. Podría existir otro tipo de interred, por ejemplo basada en el protocolo X.25, dominante a principios de los años 80, o SNA. Pero serían redes completamente diferentes a la que hoy conocemos como Internet (la red de redes).

Hoy día, el aire que respira Internet está empezando a estar viciado. El agotamiento de las direcciones IPv4 que se ha empezado a producir este año ha provocado una oleada de informaciones de alarma y algunas iniciativas de cambio. Esas iniciativas alcanzan también a las Administraciones Públicas, de las cuales forma parte por ejemplo la creación del portal http://www.ipv6.es por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

El camino hacia IPv6 es un largo camino, un camino que en realidad ya ha empezado. Para ayudar a entender en qué consiste ese camino y en que nos afecta, voy a publicar una serie de artículos, de los que este es el primero. En este artículo veremos cómo se ha utilizado IPv4 hasta la fecha en las AAPP, ejemplificado en los casos que conozco de cerca, y que he dramatizado un poco dándole forma de un pequeño cuento.

Érase una vez, un Ministerio de Industria y Energía (MIN), quien allá por al año 1995 tenía cuatro redes locales ARCNET de 4 Mbps para sus 700 PC, ya bastante saturadas, y decidió acometer un proyecto de modernización de la red.

Para la nueva red local, el Ministerio decidió utilizar el flamante protocolo TCP/IP. Siguiendo las directrices del Consejo Superior de Informática, se reservaron y utilizaron un conjunto de direcciones IP comprendidas en el rango 10.10.0.0 – 10.10.254.254 que le habían sido asignadas en el Plan de Direccionamiento e Interconexión de Redes de Area Local de la Administración (PDIRALA). Con ese rango de direcciones, los usuarios del Ministerio fueron felices durante muchos años.

Gracias a su nueva red local, el Ministerio pudo ser pionero en la conexión a internet, ofreciendo la página WEB corporativa en el año 1996 y enlazando el correo electrónico de sus usuarios con Internet en el año 1997.

Pero quisieron los hados que en el año 2000, como consecuencia de una remodelación de gobierno, el Ministerio de Industria desapareciese. En su lugar  apareció el Ministerio de Ciencia y Tecnología (MCYT), el cual se compuso con  trozos del Ministerio de Industria, del Ministerio de Educación y Cultura, el Ministerio de Presidencia, y el Ministerio de Fomento.

Estos trozos de Ministerios llegaron por supuesto dotados con sus propios rangos de direcciones IP, según designaba el PDIRALA del CSI. La unión de estos trozos creó una cacofonía de redes que evocaba los lejanos tiempos de la torre de babel.

Para resolverlo, el MCYT, solicitó un rango de direcciones nuevo, el 10.55.0.0, que se aplicó para unir los trozos y acompasar y orquestar todas aquellas redes que se unieron entre sí, volviendo a reinar la armonía entre todos.

Sucedió entonces que el Organismo dependiente Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) decidió también modernizar su red, IPX/SPX hasta entonces, integrándose en el nuevo protocolo TCP/IP del Ministerio. Tal como mandaba el PDIRALA, generosamente se le asignaron los rangos de direcciones IP de la clase 10.55.0.0 que necesitaba, uniéndose de este modo a la armonía ministerial.

En aquella feliz época fué también cuando se dió el paso definitivo de creación e interconexión de los Ministerios a la Intranet Administrativa (IA), en la cual por fin, y gracias a las bases preparadas por el PDIRALA, toda la Administración General del Estado podría estar completa y estrechamente interconectada por TCP/IP como si de una gran familia se tratase.

Desgraciadamente, la armonía de nuevo duró poco. Vientos de cambio soplaron de nuevo, y el MCYT se esfumó, volviendo a la vida la reencarnación del Ministerio de Industria, pero con otro cuerpo mejorado y aumentado: tras muchos años de ausencia, volvieron varios hijos pródigos: la Secretaría de Estado de Turismo y Comercio, y también la Dirección General de la Pequeña y Mediana Empresa (DGPYME), provenientes del Ministerio de Economía. Otros tuvieron sin embargo que abandonar, como le sucedió a diversas unidades de la Secretaría de Estado de Política Científica y Tecnológica que volvieron a sus cuarteles tradicionales en el Ministerio de Educación y Ciencia (MEC).

A todo esto, la OEPM no cambió de ministerio pero sí de edificio, y aunque conservó aquellas preciosas direcciones IP legadas por el MITYC, descubrió con pena que no le eran suficientes para sobrevivir en el escaso mundo de las direcciones IP de intranet, por lo que tuvo que ampliar en un rango de direcciones reservadas fuera de la ley del PDIRALA.

De este modo, aquel mundo IP perfecto imaginado para la AGE por su creador, se fué llenando de entropía y desorden, y se oyeron voces que clamaban por resolverlo adoptando un milagroso nuevo protocolo, denominado IPv6.

De este cuento o fábula podemos sacar varias moralejas:

  • Las estructuras de las Administraciones, en particular de la AGE, cambian con mucha volatilidad. No parece pues lógico elaborar planes de largo alcance que estén ligados a tales estructuras, so pena de tener que soportar los costes y desajustes de los continuos cambios, o bien de hacer tales planes inaplicables.
  • En su lugar, y en lo que se refiere a infraestructuras (incluidos los direccionamientos IP), parece mucho más lógico diseñarlas y gestionarlas en base al edificio o ubicación física más que al organo administrativo que incidentalmente las ocupa.
  • Podría parecer que los rangos de direccionamiento definidos por el Plan de Interconexión de Redes de Area local de la AGE (PDIRALA) eran suficientes para permitir el crecimiento previsible, pero ya hemos visto que no es así.
  • El diseño de los esquemas de direccionamiento IP de la PDIRALA tenía por objetivo la interconexión de las redes locales entre sí de los diversos Ministerios. Realmente es dudoso que hoy día ese objetivo tenga sentido en sí mismo.
  • En su lugar, hoy día es claro que la interoperabilidad entre las diversas Administraciones debe hacerse a nivel de servicios. La interconexión de tales servicios está resuelta, desde el punto de vista de las comunicaciones, por Internet. Así pues, parece plausible que lo más apropiado para interconectar las diversas Administraciones entre sí no es una Intranet, sino una Extranet.
  • La utilización de los rangos de direccionamiento reservados por IANA para «usos especiales» en las Intranet de la AGE creó un falso sentimiento de seguridad, de saber que «si estamos en nuestra Intranet, estamos seguros».
  • Pero esa sensación de seguridad no es real, como han demostrado con frecuencia las epidemias de virus en los años 90 y los botnet en los años 2000. Sabemos además que muchos de las amenazas a seguridad de la información no provienen del exterior de la redes, sino de su interior. Tampoco podemos basar la seguridad de la red en medios privados de transmisión, por el elevadísmo coste que supondría. La seguridad pues hay que implantarla extremo a extremo, entre el proveedor y el consumidor de servicios.

Bueno, y todo esto, ¿qué tiene que ver con IPv6? Eso lo sabremos en el siguiente artículo…

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Gobernanza Servicio Público

ITIL y el Arte de la Guerra

Sun Tzu dice: la guerra es de vital importancia para el Estado; es el dominio de la vida o de la muerte, el camino hacia la supervivencia o la pérdida del Imperio: es forzoso manejarla bien. No reflexionar seriamente sobre todo lo que le concierne es dar prueba de una culpable indiferencia en lo que respecta a la conservación o pérdida de lo que nos es más querido; y ello no debe ocurrir entre nosotros.

Hay que valorarla en términos de cinco factores fundamentales, y hacer comparaciones entre diversas condiciones de los bandos rivales, con vistas a determinar el resultado de la guerra.

El primero de estos factores es la doctrina; el segundo, el tiempo; el tercero, el terreno; el cuarto, el mando; y el quinto, la disciplina.

La doctrina significa aquello que hace que el pueblo esté en armonía con su gobernante, de modo que le siga donde sea, sin temer por sus vidas ni a correr cualquier peligro.

El tiempo significa el Ying y el Yang, la noche y el día, el frío y el calor, días despejados o lluviosos, y el cambio de las estaciones.

El terreno implica las distancias, y hace referencia a dónde es fácil o difícil desplazarse, y si es campo abierto o lugares estrechos, y esto influencia las posibilidades de supervivencia.

El mando ha de tener como cualidades: sabiduría, sinceridad, benevolencia, coraje y disciplina.

Por último, la disciplina ha de ser comprendida como la organización del ejército, las graduaciones y rangos entre los oficiales, la regulación de las rutas de suministros, y la provisión de material militar al ejército.

Tanto ITIL como El Arte de la Guerra son sendos tratados con un conjunto de conceptos, ideas y recomendaciones, basados en la sabiduría, para conseguir un objetivo: la victoria. En el caso de Sun Tzu es la victoria militar. En el caso de ITIL es la victoria de conseguir que el servicio TI funcione y cumpla las expectativas y necesidades de los usuarios.

Muchos de los que me leen, involucrados de alguna forma en la prestación de servicios TI, seguramente le resulta familiar esa sensación: la de encontrarse en una lucha contínua, en un día a día incansable, salpicado de innumerables escaramuzas. Especialmente en los departamentos de Sistemas y Explotación, también llamados de Operaciones. En pocas palabras, los que están al pie del cañón TI. Haciendo que día a día salga la web, el correo o las aplicaciones.

Esto es y ha sido así de forma generalizada en los departamentos TI de todo el mundo, hasta tal punto que ya en los años ochenta el Gobierno Británico, tras el fracaso del Proyecto TAURUS, inició la recopilación de un conjunto de buenas prácticas para la creación, operación y gestión de los servicios IT a la que dió el nombre de ITIL, que ya va por su versión 3.

Pero es que el paralelismo entre estos dos tratados va bastante más allá que una mera coincidencia formal. Las cuestiones de fondo también son similares. Así por ejemplo, en los cinco factores primordiales que señala Sun Tzu, podemos encontrar gran paralelismo en ITIL:

  • La doctrina, que también podemos entenderla como influencia moral o espíritu de misión. Es la creencia de que aquello que hacemos está bien, que es útil, que tiene un sentido. En el caso de los Servicios TI, el objetivo de ITIL es asegurar la entrega de valor a los clientes, integrada por sus dos componentes, utilidad y garantía del servicio.
  • El tiempo, el clima, la meteorología. En otras palabras, las circunstancias. La existencia de factores circunstanciales es un hecho, y debe ser tenido en cuenta siempre que se presta un servicio. En otras palabras, el servicio tiene que ser adaptable a las circunstancias, o si no cuando cambien el servicio será ineficaz y fracasará. ¿Cómo lo contempla ITIL?. Mediante el mecanismo de realimentación que denomina Ciclo de Mejora Contínua, que para funcionar precisa siempre de un proceso de medición y evaluación: lo que no se mide, no se puede mejorar
  • El terreno, el campo de batalla. Para ITIL, el terreno es el mercado: es el sitio donde el servicio es valorado y contrastado, y donde los servicios ineficaces o ineficientes o directamente chapuceros, fracasan y mueren, siendo ocupado su espacio por otros servicios mejores. En las AAPP, no se puede hablar de competencia en el mercado como tal, ya que ese concepto se aplica generalmente a las empresas. Pero es igualmente válido el hecho de que existe un espacio de servicios públicos, que se prestan al ciudadano, y que es en ese punto, en el punto de contacto con el ciudadano, donde el servicio se la juega: éxito o fracaso. Y no es totalmente cierto que no haya competencia, muchos servicios públicos tienen competencia de los servicios privados, o incluso de otras administraciones.
  • El mando; está claro lo que implica el mando, la jefatura: Gobierno. En ITIL se distinguen dos tipos de procesos, los procesos operacionales y los procesos de la gobernanza, que incluyen los procesos de medición, información y mejora, la gestión de la demanda, la gestión del portafolio de servicios y la gestión financiera, así como la generación de estrategias.
  • La disciplina. En el ámbito militar la disciplina son las normas a seguir, los procedimientos. En el ámbito tecnológico, los estándares y las mejores prácticas. En ITIL se define un proceso como un conjunto de actividades que, a partir de un conjunto de recursos de entrada, están destinadas a conseguir un resultado determinado, que de forma directa o indirecta acaba generando un bien o servicio para el cliente. Un proceso debe estar pues claramente definido y debe poder ser medido.

Hay muchos más paralelismos entre ambas obras, que os invito a descubrir por vosotros mismos.

Para los no iniciados en ITIL, y con limitados recursos económicos, o con poco tiempo (ése que nos falta a todos), en INTECO ofrecen formación en línea gratuíta, en el Curso de Introducción a la Gestión de Servicios y en el Curso de Operación de Servicios, disponibles en la plataforma de formación de INTECO (*)

Para los que no lo conozcan, recomiendo El arte de la guerra para directivos, de Gerald A. Michaelson, disponible en Google Books.

Voy a terminar parafraseando a Sun Tzu : 😉

Las Tecnologías de la Información son de vital importancia para las Administraciones Públicas; es el dominio del ser o no ser, el camino hacia la supervivencia o la pérdida del papel que deben desempeñar las Administraciones ante la sociedad: es forzoso manejarlas bien. No reflexionar seriamente sobre todo lo que les concierne es dar prueba de una culpable indiferencia en lo que respecta al servicio que deben prestar las Administraciones a la Sociedad; y ello no debe ocurrir entre nosotros.

(*) Postdata a fecha 6 de junio: acabo de enterarme, por un correo, del robo de datos de la plataforma de formación on-line de INTECO que recomendaba en el enlace de arriba. ¡Qué lástima!. Lo siento por aquellos que, haciendo uso de la información, os hayáis registrado, y también por los que tuvieseis interés en hacerlo. Esperemos a que se aclare qué ha pasado… pero no cabe duda de que, como decíamos al principio, seguimos en guerra.

Para más información: INTECO informa del robo de datos de su Plataforma de Formación online http://bit.ly/iJ67Tu

 

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Funcionario Mejora de la Administración Tecnologías de la Información

Las posibilidades del Teletrabajo en las AAPP

Una de las posibilidades que ofrece la tecnología para mejorar la productividad de los empleados, reducir costes, y al mismo tiempo ayudar a conseguir lo que algunos llaman «La mejora del retorno en la vida» es el Teletrabajo. De los muchos estudios recientes al uso, el más serio que he encontrado se denomina Telework in the European Union, y en él se reflejan interesantes informaciones:

  • El teletrabajo es un fenómeno en constante crecimiento, habiéndose incrementado desde un 5% en 2000 hasta un 7% en 2005 el número de empleados que teletrabajan un mínimo de un 25% de su tiempo.
  • En el caso de España el incremento fué mayor, desde menos de un 2% en 2000 hasta un 7% en 2005
  • España está a un nivel similar a la media europea en la implantación del teletrabajo.
  • La implantación del teletrabajo en las Administraciones Públicas a nivel europeo también se sitúa en la media (el famoso 7% de teletrabajo parcial)

No cabe duda de que, en principio, muchas tareas que realizan las Administraciones Públicas parecen especialmente apropiadas para ser realizadas en modo teletrabajo, ya que se trata de operaciones completamente informatizables, cuya realización es medible y tasable, y que, dadas unas instrucciones y normas claras, su realización se puede llevar a cabo con un alto grado de autonomía por el empleado público. En los dos últimos destinos que he desempeñado como funcionario se desarrollaban tareas cuya realización se adapta perfectamente a un modelo de teletrabajo: la gestión y evaluación de expedientes de subvenciones del Plan Avanza, y los procedimientos de examen de Patentes y Marcas, son buenos ejemplos de ello.

Si esto es así, ¿porqué aún no se está aplicando de forma generalizada el Teletrabajo en las Administraciones Públicas?

Nos recordaba hace poco Andrés Nin que fué Jordi Sevilla el principal impulsor del teletrabajo en la Administración General del Estado, en primer lugar mediante la publicación de la ORDEN APU/1981/2006, de 21 de junio, por la que se promueve la implantación de programas piloto de teletrabajo en los departamentos ministeriales, en la que se realiza la definición de teletrabajo siguiente:

A los efectos de esta Orden, se entenderá por teletrabajo toda modalidad de prestación de servicios de carácter no presencial en virtud de la cual un empleado de la Administración General del Estado puede desarrollar parte de su jornada laboral mediante el uso de medios telemáticos desde su propio domicilio, siempre que las necesidades del servicio lo permitan y en el marco de la política de conciliación de la vida personal y familiar y laboral de los empleados públicos.”

A raíz de esa orden, en septiembre de 2006, se publica el MANUAL PARA LA IMPLANTACIÓN DE PROGRAMAS PILOTO DE TELETRABAJO EN LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO

La Ley 11/2007 incluyó una disposición por la cual El MAP, en colaboración con los MEH, MITYC y MTAS, debían regular antes del 1 de marzo de 2008 las condiciones del teletrabajo en la Administración General del Estado,pero desgraciadamente, esta regulación todavía no se ha producido en España.

Es conocido que el teletrabajo puede ofrecer numerosas ventajas, tanto para la empresa como para el trabajador, e incluso beneficios para la sociedad en general:

  • Ahorros para las empresas de costes de edificios e infraestructuras.
  • Mejora de la productividad de los empleados gracias a la introducción de un modo de trabajo por objetivos, alejado del mero presencialismo.
  • Mejora de la disponibilidad de los trabajadores para trabajar (tormentas de nieve que impiden ir al trabajo, huelgas de transportes, etc.)
  • Mejora de la calidad de vida de los trabajadores (ahorro de tiempo y costes de desplazamiento) lo que genera mayor productividad y satisfacción con la empresa.
  • Beneficio social: Sostenibilidad a través de la utilización de tecnología para reducir las emisiones de CO2. Aprovechamiento de infraestructurass, carreteras, etc. Reducción de los atascos.

En la wikipedia (http://es.wikipedia.org/wiki/Teletrabajo) se señalan otras ventajas y desventajas del teletrabajo.

Efectivamente, en USA han tomado la delantera, no sólo con la firma por Obama el 9 de diciembre de 2010 del “The Telework Enhancement Act of 2010” (Public Law No: 111–292), sino con el lanzamiento sendas experiencias de teletrabajo en cuatro agencias federales, recogidas en el informe Implementing Telework: Lessons Learned from Four Federal Agencies. Las principales recomendaciones de este informe son:

Establecimiento de planes y políticas

  • Recomendación uno: Los organismos deben desarrollar  un Plan integral de teletrabajo para su organización antes de julio de 2011.

  • Recomendación dos: Los organismos deben desarrollar políticas de teletrabajo claras y por escrito y acuerdos de teletrabajo.

  • Recomendación tres: La formación para empleados y directivos debe recibir prioridad en la aplicación de la nueva ley.

Administrar en un entorno de teletrabajo

  • Recomendación cuatro: Los organismos deben desarrollar medidas eficaces para asegurar el rendimiento [de los teletrabajadores].

  • Recomendación cinco: los gestores deben basar evaluaciones individuales basadas en rendimiento, no en presencia.

  • Recomendación seis: los organismos deben poner mayor atención en la «gestión por resultados«, y los gestores tendrán que administrar de forma proactiva.

  • Recomendación siete: Los gestores deben supervisar  el rendimiento de los empleados basado en resultados medibles.

  • Recomendación ocho: Los gestores deben adoptar un estilo de gestión más proactiva e «incluyente».

Proporcionar tecnología para teletrabajadores

  • Recomendación nueve: Los organismos deberían incluir el coste de las tecnologías para teletrabajo en los presupuestos, pero deben permitir a los empleados utilizar sus propios equipos cuando sea práctico.

  • Recomendación diez: los organismos deben concentrarse en las cuestiones de seguridad cuando apliquen las nuevas políticas de teletrabajo.

¿Es posible el teletrabajo en la Administración Española, aunque no se disponga de una ley reguladora como en el caso de USA?. Por supuesto. Aunque no necesariamente vaya a ser fácil, y al menos al principio no podrá ser desarrollado de forma generalizada.

El principal escollo será sin duda el cambio de la concepción de una gestión de los trabajadores orientada a la presencia (física) a una gestión basada en resultados, con independencia de la presencia física (o virtual). Hace poco, en un programa de la tele, el Follonero criticaba la costumbre de tomar café de los funcionarios. Si el resultado de su trabajo se midiese con independencia de donde o cuando se toma un café el funcionario, tal crítica no tendría ningún sentido.

Así pues el teletrabajo se podrá implementar en primer lugar en los tipos de trabajos o funciones que:

  • Tengan bien definidas sus actividades
  • Las operaciones a realizar puedan ser realizadas todas «electrónicamente»
  • Se pueda cuantificar la ejecución de su trabajo según métricas de resultados que sean principalmente de carácter objetivo, no ligadas al tiempo empleado en realizarlas.

Está claro que el alejamiento físico del teletrabajador implica mayor independencia y también tiene riesgos. No todo va a salir bien, ni va a ser igualmente adecuado para unas personas como para otras.

Por eso es buena idea comenzar proyectos piloto de teletrabajo, que vayan abordando poco a poco las posibilidades y que vayan ampliándose a medida que se comprueben los resultados positivos y se vayan resolviendo los problemas que se planteen.

Para terminar, os ofrezco un pequeño análisis DAFO sobre las posibilidades del teletrabajo en las AAPP:

Teletrabajo en las AAPP

Fortalezas Oportunidades
  • La materia prima de las AAPP es, con mucha frecuencia, la información
  • Generalmente, las funciones están bien definidas
  • Existen numerosas tareas administrativas medibles y tasables
  • Muchas unidades administrativas tienen un nivel de implantación tecnológica suficientemente avanzado para permitir la implantación del teletrabajo
  • Aumento de la productividad, la eficiencia y el rendimiento
  • Reducción de costes
  • Mejora del retorno personal de los empleados públicos
  • Ejemplificación de las posibilidades del teletrabajo y de la forma de aprovecharlas para el resto de organizaciones y empresas españolas
Debilidades Amenazas
  • Gestión del trabajo orientado a presencia, no a resultados
  • Temor a perder el control de los empleados si no acuden a la oficina
  • Coste de infraestructuras y dispersión de centros de cálculo de las AAPP
  • Dificultad de mejora de productividad de los trabajadores si no se orienta a resultados
  • No todos los empleados pueden aprovechar por igual las ventajas del teletrabajo.
  • Presión hacia la externalización de servicios, con la justificación de que un servicio externalizado es más productivo
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Administración Electrónica

La nueva imagen de la eAdministración

El BOE del martes, 19 de abril pasado, publicó la Orden TAP/953/2011, por la que se aprueba la nueva imagen promocional de las actividades de administración electrónica y se establecen criterios para su utilización. La imagen es, tal cual, la que veis al comienzo de este artículo.

La anterior imagen, si la recordáis, era una arroba terminada en una e pequeña, se definió en la Orden APU 959/2003, y tenía éste aspecto:

El uso de la nueva imagen es obligatorio para toda la Administración General del Estado y los Organismos Públicos y Entidades de ella dependientes, y voluntario en otras Administraciones Públicas.

La exposición de motivos es bastante críptica y da pocos argumentos claros que justifiquen el cambio de la anterior imagen de la AE. La Nota explicativa de la Actualización de la Imagen Promocional de la Administración Electrónica, publicada en el portal imagen.mpt.es (accesible sólo desde la red Sara), es un poco más explícita:

Tras 8 años de vigencia, esta imagen promocional ha dejado de tener reflejo en las distintas iniciativas de administración electrónica, siendo muy ilustrativo el escaso uso hecho en las sedes electrónicas creadas a partir de la entrada en vigor de la Ley 11/2007 debido a su falta de actualidad.

Es cierto que la nueva imagen es más clara que la antigua, y que la antigua estaba ya bastante devaluada. En todo caso, es chocante el poco impacto que ha tenido esta publicación, quizás por haberse hecho en fechas tan poco mediáticas como un martes santo.

También puede ser que el propio término Administración Electrónica esté un tanto devaluado ya. El principal impulso derivado de la Ley 11/2007, consistente en la «virtual» exposición de todos los tramites de la Administración General del Estado para el 31 de diciembre de 2009, ha pasado. La crisis y otros avatares han desplazado el centro de atención, que ahora está mucho mas centrado en la reducción del gasto, y de como sobrevivir hasta que pasen los diversos aguaceros y de nuevo brille el sol.

Espero sinceramente que este cambio de imagen ayude todo lo posible a relanzar las actividades y proyectos de eAdministración, que son principalmente, no lo olvidemos, un potente medio para mejorar los servicios a los ciudadanos.

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Mejora de la Administración Sociedad de la Información

Evento sobre Redes Sociales de SOCINFO

Como quizás sepáis, ayer asistí al evento de la Fundación SOCINFO sobre Redes Sociales, Wikis Colaborativas, y Compartición del Conocimiento. Aunque la presentación utilizada en mi ponencia ya fué compartida por la web de la fundación, como viene siendo habitual, la he publicado también en Slideshare. Aquí está:

Técnicamente, hay un par de novedades de interés. La primera es que en esta presentación he usado las herramientas gratuitas Powerpoint Twitter Tools de SAP. Estas herramientas, bastante fáciles de usar, permiten integrar las presentaciones de powerpoint con Twitter, dándole más interactividad y conexión con la red social del evento.

En concreto, he usado un plugin para powerpoint que permite transmitir un tweet al pasar cada transparencia simplemente escribiendo en la página de notas del orador el texto deseado encerrado entre los tags [twitter] y [/twitter]. Funcionó bastante bien, aunque tenía un pequeño problema con eñes, acentos, etc. pero es de indudable utilidad.

La segunda de las herramientas utilizadas fué un componente insertado en la última página que realizaba una búsqueda por tag en twitter mostrando los resultados, y en el cual se pueden ver los comentarios y preguntas planteadas al usar un hashtag determinado. Este también funcionó bien, aunque algunos asistentes usaron #SOCINFO en lugar de #eFuncionario como yo había propuesto, pero en definitiva, otra pieza a reutilizar en el futuro.

Otra novedad técnica es la incorporación en una de las transparencias de un gráfico creado con la herramienta para mapas mentales MINDMEISTER, con la cual he creado un mapa mental de mi artículo «Las Administraciones ante las redes sociales» disponible en http://www.mindmeister.com/es/91258840/aapp-y-redes-sociales. Se trata de otra herramienta gratuita, en red y en castellano, que permite crear mapas de ideas de forma colaborativa, encontrado gracias al blog de Microlópez.

En cuanto al fondo de mi presentación, obviamente incorpora las mismas 10 ideas que elaboré hace un año, pero además he incluido un prefacio sobre el fenómeno de los blogs y de las redes sociales inspirado en parte en el artículo ya referido, y con la incorporación de un gráfico de tipo «círculo virtuoso» en el cual describo el proceso mental que me anima a seguir manteniendo un blog. Este es el gráfico:

Lo cierto es que es un ejemplo típico de un ciclo de mejora contínua, con una nueva incorporación: el elemento social. La red de intercambio de ideas permite la mejora de la idea inicial y su contraste, lo cual resulta en un beneficio tanto para el promotor como para el resto de participantes, e incluso de los escuchantes, la «mayoría silenciosa».

El evento, además, tuvo interesantes intervenciones:

Desde luego, una mañana provechosa y muy bien empleada.

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Mejora de la Administración Servicio Público

De las cosas que el ciudadano no entiende: el I.V.T.M.

Hoy me ha llegado la carta del Ayuntamiento de Madrid con el requerimiento de pago de algo denominado Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica,  I.V.T.M. para los amigos. Al abrirlo me he llevado un pequeño susto: a pagar 137 euros del ala. Acabo de cambiar de coche, y el impuesto del año pasado recordaba que era algo así como 65 euros. El coche es prácticamente igual al anterior: misma marca y modelo, aunque con un motor ligeramente mayor que el anterior: 1700 cc.

La explicación parece estar en la parte trasera del requerimiento de pago, que muestra una tabla como ésta:

CVF Tarifa
De menos de 8 caballos fiscales 22 €
De 8 hasta 11,99 caballos fiscales 64 €
De 12 hasta 15,99 caballos fiscales 137 €
De 16 hasta 19,99 caballos fiscales 175 €
De 20 caballos fiscales en adelante 224 €

Y, efectivamente, resulta que el nuevo vehículo tiene exactamente 12,01 Caballos de Vapor Fiscales (CVF) tal y como he comprobado en la ficha técnica, por lo que no me puedo quejar, al menos en la forma: el requerimiento es legal.

De todos modos, y con sinceridad, me ha dolido bastante pagar ese incremento de 73 euros por los tan solo 0,02 CVF más que tiene el motor de mi nuevo coche, así que he hecho unas pequeñas averiguaciones, que expongo a continuación.

Para empezar, la famosa y misteriosa medida del CVF no es, como a priori pudiera parecer, una medida de potencia, sino de capacidad (cilindrada) del motor. La potencia del motor, que también viene en la ficha técnica del vehículo, se mide en Kilowatios. La medida de fuerza Caballos de Vapor (CV) ya está en desuso, pero de todos modos los Caballos Fiscales no tienen una razón directa con la potencia, ya que intervienen otros factores como el tipo de combustible, la tecnología del motor, etc.

Así que, yo me pregunto (primera pregunta):

  • ¿Porqué no usar para aplicar los impuestos la potencia real de los coches, que es conocida y figura en la ficha técnica del vehículo en Kilovatios (como se hace en otros países), en lugar de los CVF, una medida poco científica y obsoleta?

En realidad, se entiende que el objeto de los impuestos sobre los vehículos debe ser de alguna manera que los poderes públicos recuperen en cierto modo el coste que las infraestructuras y servicios que el uso de esos vehículos requiere. En una ciudad como Madrid, donde la velocidad máxima permitida es en casi todas las calles de 50 Km/h, con algunas excepciones como la M-30, donde en ciertos tramos se puede alcanzar la increíble velocidad de 90 Km/h, en una ciudad como ésta, digo, la potencia del motor no marca diferencia entre unos coches y otros.

Mucho más relevante es el tamaño (volumen, longitud) por la dimensión de las vías públicas necesarias,  o de las plazas de aparcamiento, o el peso, por el desgaste del asfalto, pintura, etc. Y ya puestos, sería mucho más fácil medir el tamaño o el peso, que la cilindrada de los coches, la cual sinceramente en mi caso me la tengo que creer, so pena de tener que desarmar el motor, pieza por pieza.

También podríamos tener en cuenta para calcular los impuestos parámetros ecológicos, como la eficiencia del motor o la emisión de gases de efecto invernadero. Obviamente los coches nuevos deberían estar mejor diseñados en ese sentido, y se promovería la renovación del parque de automóviles, lo cual representa un doble beneficio.

Así que esto me lleva a la segunda pregunta:

  • ¿Porqué no usar para calcular los impuestos de los coches los parámetros reales del vehículo que determinan el coste de las infraestructuras y servicios necesarios en las ciudades, o sus parámetros ecológicos o de eficiencia energética, en lugar de su potencia?

A la postre, y admitiendo que los coches con mayor cilindrada tendrán probablemente más potencia, y que serán probablemente más grandes, admitiendo como digo esas aproximaciones, podríamos considerar plausible una escala de impuestos progresiva basada en el aumento de la cilindrada, que es la que se aplica actualmente.

Pero esta escala, en lugar de ser una escala progresiva, como lo es para otros impuestos de carácter proporcional, como el IBI, es una escala basada en tramos. Las tarifas, representadas gráficamente por intervalos, son así:

image

Si analizamos un poco los tramos definidos, vemos que parecen estar organizados en intervalos de cuatro, es decir, que cada 4 CVF se salta de tramo. Se pueden despreciar los extremos, pues coches de menos de 4 CVF prácticamente no existen (tendrían una cilindrada de menos de 600 cc), y los coches de más de 24 CVF también son excepcionales (más de 3 litros del ala de cilindrada en el motor).

En esos tramos, pues, la mediana adopta valores de 6, 10, 14, 18 y 22 Caballos Fiscales.

Para calcular el tipo impositivo, es decir, los euros pagados por cada Caballo Fiscal, dividimos la tarifa por la mediana, con lo que resulta ésta tabla:

CVF Tarifa CVF (mediana) Precio/CVF (mediana)
De menos de 8 caballos fiscales 22 € 6 3,67 €
De 8 hasta 11,99 caballos fiscales 64 € 10 6,40 €
De 12 hasta 15,99 caballos fiscales 137 € 14 9,79 €
De 16 hasta 19,99 caballos fiscales 175 € 18 9,72 €
De 20 caballos fiscales en adelante 224 € 22 10,18 €

O, más gráficamente, así:

image

Aquí vemos un hecho bastante llamativo, que es que el tipo impositivo del intervalo medio es muy superior a su escala anterior e incluso levemente superior al de la escala siguiente.

En otras palabras, que el impuesto de estos coches “de tamaño medio” (de unos 1700 a 2200 cc) es mayor que el del tramo “superior” (de 2200 a 2800) y casi igual al de los “supercoches” (>2800 cc).

Así que estos datos me llevan a la tercera pregunta:

  • ¿Porqué el tipo impositivo de los intervalos del IVTM no es lineal, o al menos progresivo?

Algún mal pensado podría llegar a imaginarse que esto es así porque la mayor parte de los coches actuales están precisamente en ese intervalo central, y que, claro, si aumentamos el precio del intervalo central, los aumentos de los ingresos son mucho mayores que si actuamos sobre los otros…

Pero no hemos terminado con el análisis, pues en realidad la agrupación por intervalos tiene otro efecto aún más irregular, ya que en la práctica los coches no tienen esa “potencia fiscal central” que figura en la mediana del intervalo, sino que en realidad pueden adoptar cualquier valor. Para ver el efecto, representaremos los tipos impositivos en una gráfica con incrementos del CVF de uno en uno, calculando para cada uno el precio pagado por CVF. La gráfica es la siguiente:

image

Así pues, como vemos, el tipo impositivo es claramente irregular, y cualquier cosa menos lineal o progresivo. De hecho, como hemos visto, el precio por CVF más caro lo pagan precisamente los coches como el mío, de 12,01 CVF. ¡Qué desgracia!.

Desde luego, no parece que represente ninguna dificultad el cálculo del impuesto de forma proporcional o progresiva a la potencia, pues desde hace ya tiempo no es necesario usar la calculadora o el ábaco para estas funciones: los programas que calculan y elaboran los boletines de pago de los impuestos están perfectamente capacitados para hacerlo.

A la vista de este hecho, me surge, por fin, la cuarta y última pregunta:

  • ¿Porqué no se aplica un impuesto IVTM proporcional a la potencia del coche, y se eliminan los tramos (como en el IBI) o se crean tramos progresivos, pero se calcula el impuesto de forma proporcional a la potencia (como en el IRPF)?

Son preguntas que se puede llegar a hacer un ciudadano cuando se relaciona con la Administración, que quizás tienen respuestas justas y cabales. Pero yo, que me he leído la Ordenanza fiscal del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Madrid y el REAL DECRETO 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos, no he conseguido encontrarlas.

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Administración Electrónica

Un PayPal para la Administración

Muchos de los trámites que realizan los ciudadanos con la administración son gratuitos. Pero en otros muchos, es necesario que el ciudadano o la empresa deben abone un importe a la administración, como en el caso del pago de impuestos o tributos, el acceso a servicios de precio tasado (como las solicitudes de Marcas o Patentes) y el pago de las multas de tráfico o sanciones.

En el mundo «antes del trámite electrónico» la operativa consistía en recoger el recibo del pago correspondiente, acudir a una entidad bancaria que aceptase ese pago en concreto, y con el recibo del pago sellado y validado, volver a la Administración correspondiente para seguir con el trámite.

Con algunas variantes, ese sigue siendo el camino que se adopta también en los trámites ya «electronificados». Esas posibles variantes incluyen la autorización para el cargo en cuenta (una sola vez), la domiciliación (hasta nuevo aviso), la transferencia bancaria y el pago mediante tarjeta de crédito.

TPV virtual - Cortesía de CECARM (www.cecarm.com)

En todas ellas se utiliza habitualmente un sistema denominado «pasarela de pago» el cual resuelve técnicamente la problemática de conectar cuatro entidades distintas: el pagador, la entidad bancaria del pagador, el cobrador, y la entidad bancaria del cobrador.

Todo ello, ya se realiza habitualmente en el comercio electrónico, en el cual se ha adoptado una terminología particular, denominada «TPV virtual» para denominar las piezas que permiten montar una tienda en internet y gestionar los pagos de los bienes y servicios contratados.

Las pasarelas de pago de las AAPP

En las Administraciones Públicas, aunque con más retraso respecto a las empresas, también se va haciendo uso progresivo de los medios de pago electrónicos. En particular, dentro del portal http://administracionelectronica.gob.es se dispone de acceso a la Pasarela de Pagos de la Red Sara, la cual «facilita la implantación del pago telemático en las aplicaciones que gestionan trámites que conlleven el pago de tasas, en los Organismos de la Administración General del Estado

También Red.es dispone de su propio servicio de Pasarela de Pagos, http://pago.red.es: «El SPT es un SERVICIO “marca blanca” en el que el proceso de pago se inicia y finaliza en el Portal del propio organismo, lo que permite fusionar el PAGO con la EMISIÓN de RECIBOS (ahorro de tiempo, menor coste, comodidad para el ciudadano/empresa)».

Hasta aquí muy bien, pero las pasarelas de pago de la Red Sara y de red.es tienen algunas limitaciones. Estas limitaciones vienen derivadas por el hecho de que el modelo general, cuando la entidad bancaria de origen y destino de los fondos es diferente, la transacción tiene un coste, el cual no está contemplado en el procedimiento administrativo tradicional. En el modelo tradicional, el ciudadano debe dirigirse a pagar «en metálico» a una de las entidades bancarias determinadas por cada administración. Es más, el pago de tasas, tributos, etc. no están admitidos medios de pago habituales como por ejemplo las tarjetas de crédito.

Para resolverlo, las pasarelas de las administraciones hacen uso del modelo «ON-US» que significa, lisa y llanamente, que la entidad origen y destino de los fondos es siempre la misma. Generalmente las entidades bancarias no cobran por estas transacciones internas, asumiéndose su coste dentro de los costes generales operativos de la entidad, o sea, que son «gratis».

Así, la pasarela de la AEAT (y también la de la red Sara, ya que la última se basa en la primera), para poder ofrecer el servicio de forma gratuita, ha abierto cuentas y firmado convenios con las principales entidades bancarias, de modo y manera que, si el ciudadano tiene una cuenta en alguna de ellas (cosa muy probable) podrá hacer uso de este servicio, aunque sólo para el pago de tasas, pues en este caso los fondos no llegan al organismo gestor del trámite, ya que el importe de la tasa se queda en la propia AEAT.

En cambio la pasarela de red.es es más general, pues no tiene a priori limitación alguna en las entidades bancarias y el tipo de pagos posible. Pero ello es porque es el propio organismo administrativo el que debe elegir las entidades bancarias colaboradoras, abrir una cuenta en cada una de ellas, y conveniar los términos de uso. La pasarela de Red.es se ofrece como «marca blanca» lo que implica que se puede implantar de forma transparente al usuario/ciudadano, dando la sensación de que durante toda la transacción se permanece siempre en el sitio web del ayuntamiento o entidad, sin salir de ella para realizar el pago. Red.es explica esta funcionalidad como una ventaja, aunque yo no estoy tan seguro, pues es importante que el mecanismo del pago, la «apariencia», la forma de uso, sea siempre la misma para cualquier pago (lo cual genera confianza), y la personalización de cada sitio web de la administración de forma distinta disminuye esta confianza.

Otra limitación de las «pasarelas administrativas» comentadas es que ambas imponen la identificación del ciudadano («el cliente») mediante un certificado de clave pública (habitualmente Ceres, eDNI, etc.) con el cual se certifica y valida la orden de pago. Aunque en principio podemos pensar que es lo natural, ya que es el mecanismo del trámite electrónico habitual, en realidad no es lo habitual cuando uno compra por internet: ninguna de las pasarelas de pago al uso exigen la utilización de sistemas PKI. Tal y como comentaba Montaña en un reciente artículo, se puede hacer Administración Electrónica sin necesidad de usar para todo un Certificado Electrónico.

El ciudadano se pregunta, y con razón, si para contratar y pagar un viaje por Internet no necesito certificado, ¿porqué lo necesito cuando pago una tasa o un tributo?. Además, este es un requisito nuevo: cuando el pago se realiza «físicamente» en una sucursal bancaria, ni siquiera se precisa que el pagador se identifique: se le pide unicamente el recibo y el dinero, y el empleado de la sucursal hace el trámite. En otras palabras, si lo que se quiere es recibir el dinero, se deben poner las máximas facilidades.

Estos inconvenientes pueden hacer, y de hecho hacen, que algunos órganos administrativos usen, además o en lugar de estas pasarelas administrativas, otros servicios de pago electrónicos de carácter privado. Podrían ser los servicios electrónicos de un determinado banco, o un servicio de intermediación bancaria, de los cuales el más conocido a nivel mundial es PayPal.  De este modo, se puede llegar a admitir, por ejemplo, el uso de tarjetas de crédito o débito, tanto las que han sido emitidas por una entidad bancaria, como las tarjetas de crédito «puras». Pero obviamente, el uso de estos medios privados tiene un coste, habitualmente un tanto por ciento de la transacción, existiendo un coste mínimo para transacciones pequeñas.

Como vemos, es un problema complejo, ya que intervienen muchos factores, incluidos el ciudadano, el organo administrativo, el organo gestor de la pasarela, las diversas entidades banacarias, y además entra en juego «la pasta». Por ello hay en funcionamiento muchas soluciones distintas, que no son excluyentes entre sí. Sin embargo, y tal y como comentabamos al principio, es necesaria su resolución para conseguir la completa disponibilidad del trámite electrónico para el ciudadano, tal como estipula la ley 11/2007.

Bueno, y ¿qué pinta PayPal en todo este escenario?

Soy usuario habitual de Internet, y también del comercio electrónico, lo que quiere decir que, si algo se puede comprar por Internet, siempre lo miro en Internet (aunque no necesariamente siempre lo compro por Internet). Por ello no pasa mes sin que acabe picando en un sitio web y encargando algo.

Casi siempre hay dos medios de pago, uno es la transferencia bancaria, y el otro es el pago por tarjeta de crédito. En muchas ocasiones, se puede hacer también el pago por PayPal. Cuando está disponible, siempre utilizo este medio de pago. ¿Porqué?.

PayPal presenta dos ventajas importantes para el cliente, «el pagador». La primera es la sencillez: el proceso de pago es tan simple como escribir el usuario y la contraseña de PayPal, con lo cual se presenta la propuesta de pago en pantalla, y a continuación se acepta el pago y operación terminada. No hay que recordar números de cuenta corriente, números de tarjeta de crédito, no hay que mirar ese número misterioso en la trasera de la tarjeta, la fecha de caducidad (que siempre se escribe de forma distinta a como viene en la tarjeta…). Todo lo que tengo que recordar, para PayPal es mi dirección de correo y mi contraseña, lo que lo hace además muy seguro. Y en cuanto he realizado un pago, me llega un correo informando del hecho, por lo que si hubiese algún problema siempre estoy a tiempo de tomar medidas y deshacer el entuerto.

La segunda es la confianza. Si uno quiere usar lo mejor de Internet, la compra más barata exige diversificar, lo cual implica que estoy dando mi número de VISA en muchos sitios distintos, quizás un poco dudosos, donde a lo mejor no voy a volver en mi vida. Cuantas mas veces dé el numero de VISA, más fácil es que alguna de ellas caiga en manos no demasiado limpias. Nunca he tenido ningún problema, pero nunca se sabe.

En el fondo, la razón del éxito de PayPal y otros servicios similares es que, cuando entra en juego el negocio, y a la hora de pagar, los detalles son importantes. Una dificultad en el pago, por mínima que sea, puede hacer que la venta se malogre. De modo que para asegurar la venta no basta con tener una buena web y un buen producto y un buen precio: también hay que hacer que, cuando el cliente reciba «la dolorosa» si puede ser sea lo menos dolorosa posible.

¿Tiene sentido aplicar el modelo PayPal a la Administración?

Por supuesto.

El mismo problema al que se enfrenta el ciudadano cuando navega por las tiendas de Internet es el que se enfrenta cuando se dirige a realizar un trámite en cualquiera de los múltiples sitios web de la Administración. Podríamos pensar que la Administración no gana nada dando facilidades para un pago que al fin y al cabo el ciudadano está obligado, la mayor parte de las veces, a realizar. Pero esto es una falacia.

Simplificar la vida al ciudadano, al administrado, siempre beneficia a la sociedad (objetivo fundamental de lo Público, no lo olvidemos) e indirectamente, a la propia Administración.

El modelo de servicios de PayPal se puede aplicar perfectamente en las Administraciones, diseñando un servicio que permita, mediante la creación de una cuenta única, la identificación a efectos financieros y económicos del ciudadano (o de cualquier entidad jurídica a través de sus representantes legales), de las tarjetas de crédito y cuentas corrientes de las que es titular, que le permita elegir en cada operación la que usa para el pago, o cobro en su caso, de los importes asociados a sus trámites con la administración, que disponga de las utilidades e informes adecuados, que reciba información continua en su cuenta de correo electrónico de todas las operaciones e incidencias, y que tenga plena cobertura legal, tanto para la protección de los derechos del ciudadano como los de la Administración.

Y por supuesto, siempre diseñando el servicio de forma que se consigan los dos objetivos primordiales que promueven su uso: sencillez y confianza.

PayPal es un ejemplo de servicio de origen privado, específico de Internet, con gran éxito, del que podemos aprender mucho a la hora de diseñar e implantar servicios electrónicos para las Administraciones. Pero no es el único, por ejemplo los sitios de compra venta de bienes y servicios (eBay…)  también ofrecen posibilidades de reutilización. Pero eso será ya objeto de otros artículos.

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Administración Electrónica

El trabalenguas de la interoperabilidad

El mundo no está interoperado.
¿Quien lo interoperará?
El interoperador que lo interopere,
buen interoperador será.

Esta complicada palabra, que ni siquiera aparece en el RAE, fué objeto de regulación por el Real Decreto 4/2010, ya comentado anteriormente en éste blog, así como estudiado y debatido en el pasado Congreso CNIS.

Al contrario que lo dispuesto por el Esquema Nacional de Seguridad, que a todas luces aparece más definido y asentado, el asunto de la Interoperabilidad se resiste a ser abordado de forma eficaz, quizás y principalmente, por su propia naturaleza. En este artículo intentaremos dar algunas claves para conseguirlo.

Hay muchas definiciones de interoperabilidad, pero he encontrado ésta curiosa, del REAL Decreto 1434/2010, de 5 de noviembre, sobre interoperabilidad del sistema ferroviario de la Red Ferroviaria de interés general:

«Interoperabilidad»: la capacidad del sistema ferroviario para permitir la circulación segura e ininterrumpida de trenes que cumplen las prestaciones requeridas para estas líneas. Dicha capacidad dependerá del conjunto de condiciones reglamentarias, técnicas y operativas que deberán cumplirse para satisfacer los requisitos esenciales.

Lo que esto quiere decir es que la interoperabilidad implica que los diferentes sistemas pueden entenderse entre sí en la práctica. Dicho de otro modo, el hecho de que dos sistemas determinados cumplan un mismo estandar no garantiza que necesariamente puedan interoperar; hay que verificarlo. De ahí que se realicen pruebas de interoperabilidad.

Cuando uno intenta aplicar la interoperabilidad en la práctica, se encuentra rápidamente con un problema de escalabilidad (otro palabro) si no se ha hecho una planificación previa y se han tomado las medidas apropiadas.

Este problema, es similar al que ocurre en el diseño de redes de comunicaciones, para el que de modo general existen dos alternativas, la malla y la estrella, y cuyo análisis es el siguiente:

En una red con N nodos, la primera opción cuando surgen necesidades de comunicación entre dos nodos es una conexión directa entre ellos. De este modo, a medida que van surgiendo necesidades de comunicación entre ellos, se van añadiendo enlaces entre cada uno de los pares de nodos interesados. Este tipo de diseño se llama red en forma de malla.

Aunque es el modo de conexión más simple, es fácil demostrar que el número de enlaces crece exponencialmente con el número de nodos que componen la red. Por ello, cuando la red empieza a complicarse, o cuando el número de nodos supera una cierta cifra, es más eficaz cambiar el diseño de la red añadiendo un nodo de intercambio o nodo central. Este tipo de diseño se denomina red en estrella.

Es fácil de ver que, cuando hay un nodo de intercambio que facilita la interconexión con todos los nodos, el incremento de un nodo adicional en una red en estrella requiere de una única conexión, mientras que el diseño en malla requiere, potencialmente, de N-1 conexiones con cada uno de los otros nodos. De este modo podemos deducir que, cuando el número de nodos y las conexiones entre ellos aumentan, el modelo estrella es más eficiente económicamente.

No existe la solución mejor para todos los casos. La red Internet se creó con un diseño mallado, sin nodo central, porque en la guerra fría los militares americanos tenían miedo de que un ataque nuclear al nodo central dejase toda la red inoperativa. Las redes P2P también hacen uso de un diseño mallado, lo cual las hace muy resistentes y adaptables. En general, las soluciones reales suelen incluir una mezcla de ambos diseños, según sea necesario.

Si analizamos el problema de la interoperabilidad, vemos que se puede dar una situación parecida cuando se empiezan a establecer intercambios de datos entre entidades y organismos. Para entenderlo mejor, usemos el ejemplo de la Plataforma de Intermediación de Datos de la Red Sara.

Ésta plataforma viene a resolver necesidades muy comunes en los trámites administrativos, consistentes en la verificación de diversos datos del ciudadano como la identidad, residencia, situación tributaria, situación de empleo o desempleo, titulaciones, etc. Es decir, esas características o atributos que hasta la fecha tenía que demostrar un ciudadano para hacer un determinado trámite, pero que ahora, puede autorizar a la Administración gestora del trámite para que lo verifique por si misma, recabando la información directamente ante los organismos que la custodian.

En una solución tipo «malla» existirían cientos de conexiones, pues por cada organismo tramitador tendría que establecer conexiones con cada uno de los organismos proveedores de datos. Pero no sólo tendría que establecer conexiones telemáticas: también tendría que establecer las correspondientes conexiones semánticas, que permiten ponerse de acuerdo en el formato y significado de los datos intercambiados, y las conexiones organizativas y legales, es decir, la firma de los correspondientes convenios con todas y cada una de las entidades proveedoras.

La solución estrella para esta necesidad simplifica enormemente todos los aspectos de la interoperabilidad, y presenta numerosas ventajas, no solamente de tipo técnico, al reducir el número de conexiones, sino que también simplifica enormemente el acceso de cada nuevo «cliente» o consumidor de datos a los proveedores, estandariza no solo los protocolos y la semántica de los datos sino la forma de acceso al servicio, y lo provee de mecanismos de seguridad (@firma) y registro de auditoría que quizás en las conexiones «simples» no sabríamos o no podríamos (por coste) implantar.

Lo acertado de esta iniciativa viene claramente reflejado por el incremento continuado del número de organismos conectados a ésta plataforma, y por el incremento del número de certificados intercambiados a través de ella. Según comentaba Montaña Merchán en el CNIS, actualmente ya se han superado los 35 millones de certificados intercambiados en ésta plataforma.

Es un buen ejemplo, pero seguro que a vosotros se os ocurren muchos más en los que podemos aplicar el modelo estrella para resolver el trabalenguas de la interoperabilidad

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Sociedad de la Información

El estado de Internet

Akamai acaba de publicar su Informe del Estado de Internet del tercer Trimestre del 2010, que se puede descargar en www.akamai.com/stateoftheinternet. Utilizando la información obtenida de la red global de servidores de la empresa, el informe ofrece información sobre las estadísticas del tráfico en Internet, como adopción de banda ancha, conectividad móvil y tráfico de ataque, así como las tendencias a lo largo del tiempo.

El informe es bastante técnico, pero ofrece algunas cifras curiosas que me gustaría comentar.

Así, empieza diciendo que en el tercer trimestre de 2010, se conectaron a Internet 533 millones de direcciones IP únicas. Por otro lado, sabemos que el conjunto de direcciones IP V4 alcanza un máximo de 256 elevado a la cuarta potencia, o lo que es lo mismo, 4.294.967.296 direcciones distintas. Por lo tanto, actualmente se están conectando a Internet sólo un 12% del máximo de direcciones IP posibles.

Esta cifra parece chocar bastante con las noticias recientes sobre el agotamiento de las direcciones IP v4. En efecto, el agotamiento (que no niego) se está produciendo en la asignación (oficial o legal) de las direcciones a entidades, organismos, empresas y particulares, pero no en su utilización. La reflexión en éste punto es que la gestión de este espacio de direcciones debe ser verdaderamente difícil, cuando la eficiencia de utilización es del 12%, y sin embargo ya se da por descartado que es casi imposible mejorarla.

Para que luego digan que gestionar es fácil.

Otro dato que me ha llamado la atención se refiere a las velocidades de conexión a la red observadas en los distintos países, que se publican en la dirección http://wwwns.akamai.com/soti_q310_figures.zip donde están los gráficos del informe, y de los cuales he elaborado la tabla siguiente:

Como explica Akamai en su informe, la velocidad pico es la media de las velocidades máximas observadas en cada punto de conexión a la red, que está mas asociado a la velocidad de la línea de acceso en cada usuario, mientras que la velocidad media es la media de las velocidades medias de cada punto, la cual da una medida más relacionada con la ancho de banda real de acceso a la red de cada línea, teniendo en cuenta que los proveedores de internet siempre usan sistemas de agregación de tráfico, y que por tanto el caudal disponible siempre es inferior al teórico.

Yo creo que nos podemos fiar bastante de estas cifras, pues Akamai es un operador global ampliamente establecido y podemos decir que prácticamente siempre acabamos pasando por él en algún momento.

Como se ve claramente, en este informe España no sale muy bien parada. Nuestra velocidad media de conexión es, sencillamente, la más baja de toda Europa, del mismo modo que lo es la velocidad pico o máxima teórica. Además, sólo el 64% de las líneas alcanzan la velocidad de 2 megabits por segundo, y sólo el 5,4 % alcanzan 5 Mbps.

Según el informe de noviembre pasado de la CMT, en España existen algo más de diez millones y medio de líneas de banda ancha, lo cual encaja bastante bien con la cifra de 11 millones de direcciones IP registradas por AKAMAI.

Sin embargo, en el informe La Sociedad en Red 2009 publicado por ONTSI se dice «España (95%) se sitúa en el cuarto puesto del ranking europeo de hogares con conexión a Internet a través de banda ancha, subiendo tres posiciones respecto al año 2008, y situándose nueve puntos por encima de la media UE 27.» (Fuente Eurostat).

Aunque no estemos midiendo exactamente lo mismo, no parece haber ninguna explicación razonable al hecho de que en España el 95% de las líneas sean de banda ancha, y siendo el cuarto país con mayor proporción de líneas de este tipo, sin embargo las medidas de velocidad real de estas líneas sean las mas bajas de Europa.

De modo que la única explicación que se me ocurre es que, en realidad, la banda ancha española es más estrecha que las bandas estrechas de otros países europeos.

«Spain is Different»

Bueno, una última reflexión para terminar. A raíz del revuelo producido por la #LEYSINDE he descubierto el sitio derechoenred.com, y en él, una interesante GUÍA LEGAL PARA BLOGUEROS Y PODCASTERS.  En este manual, cuya lectura recomiendo, se explica el derecho de cita, por el cual

«Sólo está permitido en nuestro país incluir en una obra propia fragmentos de otras ajenas siempre que dicha inclusión se realice con fines docentes y de investigación, lo cual hace ilícita la reproducción de una o varias frases de una obra en un blog o su lectura en podcast, aunque sea para citarla o criticarla o incluso aunque se especifique el nombre del autor original.«

A la vista de esta redacción, me entran serias dudas de que sea lícitas las referencias que, en éste mismo artículo, y en otros, hago con frecuencia para ilustrar o reconocer de dónde he sacado los datos o las reflexiones, puesto que, salvo que tales informaciones hayan sido expresamente autorizadas para su libre reproducción sin autorización previa, estaría entrando en la ilegalidad al publicarlas en mi blog, incluso aunque fuesen informaciones públicamente disponibles.

Bueno, en el peor de los casos, siempre podría decir que es con fines didácticos o investigatorios, que es al fin y al cabo mas o menos de lo que tratamos en este blog, ¿no?