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Al pan, pan, y al vino, vino

He leído recientemente dos interesantes artículos acerca de los oscurantismos del lenguaje administrativo y legal. El primero me llegó a través de @andresnin «It’s all about the words   – a vueltas con lenguaje administrativo en #egov también en UK», y habla de los esfuerzos de la Administración Británica para que los ciudadanos entiendan claramente lo que tienen que decirles. El objetivo es que los textos que afectan al ciudadano sean:

  • Fáciles de entender
  • Fáciles de recordar
  • Que sea fácil actuar en consecuencia (cuando sea posible, porque la Administración puede ser complicada)

Y quieren ayudar a sus usuarios-ciudadanos a que entiendan fácilmente:

  • Nuestra información (¿entienden los usuarios que obtienen un beneficio X si lo piden en un plazo de 30 días desde el evento?)
  • Sus derechos, obligaciones, y reglas aplicables
  • Cómo completar sus tareas (transacción, o información)
  • Confiar en la información para que no tengan que verificarlo llamando de nuevo al soporte telefónico

Por otra parte, Sevach ha publicado un artículo titulado «Letrado: Si hubiese aplicado el terdecies habría ganado» que como siempre con notable erudición, pero al mismo tiempo humor, habla del oscurantismo y confusión de los lenguajes legales, hasta el punto que pide «que en los estudios del Grado de Derecho habrá que introducir criptografía o técnica del sudoku«.

Viene esto a cuento de la reciente publicación del “Auto 179/2011, de 13 de diciembre de 2011. Inadmite a trámite la cuestión de inconstitucionalidad 2298-2011, planteada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 2 de Badajoz en relación con diversos preceptos del Real Decreto-ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público” del cual extraigo el siguiente párrafo:

De conformidad con dicha doctrina, el concepto de «cuestión notoriamente infundada» del art. 37.1 LOTC encierra un cierto grado de indefinición, el cual se traduce procesalmente en la necesidad de otorgar a este Tribunal un determinado margen de apreciación a la hora de controlar la solidez de la fundamentación de las cuestiones de inconstitucionalidad, de modo que existen supuestos en los que un examen preliminar de las cuestiones de inconstitucionalidad permite apreciar la falta de viabilidad de la cuestión suscitada, sin que ello signifique, necesariamente, que carezca de forma total y absoluta de fundamentación o que ésta resulte arbitraria, pudiendo resultar conveniente en tales casos resolver la cuestión en la primera fase procesal, máxime si su admisión pudiera provocar efectos no deseables, como la paralización de otros procesos en los que resulta aplicable la norma cuestionada (entre otros muchos, AATC 389/1990, de 29 de octubre, FJ 1; 134/1995, de 9 de mayo, FJ 2; 380/1996, de 17 de diciembre, FJ 2; 229/1999, de 28 de septiembre, FJ 2; 119/2000, de 10 de mayo, FJ 2; 46/2001, de 27 de febrero, FJ 2; 269/2003, de 15 de julio, FJ 2; 63/2004, de 24 de febrero, FJ 2; 306/2008, de 7 de octubre, FJ 3; 30/2009, de 27 de enero, FJ 4; y 54/2010, de 19 de mayo, FJ 3; así lo hemos apreciado también en ATC 85/2011, de 7 de junio, que inadmite a trámite la cuestión de inconstitucionalidad planteada por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional en relación con la redacción dada por el art. 1 del Real Decreto-ley 8/2010, de 20 de mayo, a los arts. 22.4 y 25 de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de presupuestos generales del Estado para 2010).

Es sólo un ejemplo. El que tenga ánimo y tiempo, puede leerse las 16 páginas de que consta el auto. Yo lo he hecho.

El párrafo antedicho tiene 288 palabras. 1668 caracteres. 11 punto y coma. Un paréntesis abierto y uno cerrado. Un entrecomillado. Un punto y aparte. Esos son los datos.

Decíamos en un artículo anterior que existía una pirámide de Maslow de la información donde en la capa más baja se encontraban los datos, luego la información, luego el conocimiento y luego la sabiduría.

Aparentemente en el párrafo anterior hay muchos datos, debe haber bastante información (al menos 15 referencias normativas) pero del conocimiento no me atrevo a opinar, dado mi carácter lego en el asunto, y menos de la sabiduría que se le debe suponer nada menos que al más alto tribunal que existe en España: el Tribunal Constitucional.

Sin embargo, yo debería de poder comprender sin dificultades este texto, pues me afecta. Me afecta todos los meses en mi nómina, en una cantidad cercana al 8%.

De la lectura del texto, a la que he dedicado más de media hora, podría extraer la conclusión de que el argumento fundamental es que la decisión del gobierno se apoya en una situación de urgente y extrema necesidad, que es el propio gobierno quien decide que la situación es de este tipo y que por lo tanto está justificada, pero se trataría de una interpretación mía, que quizás esté equivocada. Y, ¿quien soy yo para interpretar lo que dice el alto tribunal?.

Lo que sí estoy razonablemente seguro, sin embargo, es de que el Auto deniega que el asunto merezca el juicio y sentencia del alto tribunal. Es decir, que una cuestión que afecta directamente al bolsillo, en cantidades no despreciables, de más de dos millones de trabajadores públicos españoles, no merece ser juzgado por el Tribunal Constitucional, el último garante de la ley y el orden en España.

Y yo digo, no es que dude de tal resolución, no es que la discuta, pero, ¿no tengo al menos el derecho a entenderla?

Si sólo llamáramos al pan, pan, y al vino, vino…

Por Felix Serrano

Podéis ver mi perfil en LinkedIn:

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13 respuestas a «Al pan, pan, y al vino, vino»

Completamente de acuerdo. Reconozco mi desconocimiento del lenguaje jurídico, pero creo que es necesario que el tribunales y jueces hagan un esfuerzo por simplificar y hacer más entendibles sus autos porque, como tu dices, afectan directamente al ciudadano.

Aquí se debe producir seguramente un conflicto entre simplicidad y precisión del lenguaje pero nadie ha dicho que fuera sencillo, simplemente que es necesario hacer el esfuerzo, plantearse en el acto de la redacción, si se está cumpliendo este objetivo.

A los TIC nos suelen culpar del mismo defecto. A veces podemos olvidar quien es nuestro interlocutor (usuario, unidad de gestión, etc) y se nos escapan términos informáticos que podríamos calificar de tecnoverborrea. Normalmente nos damos cuenta y adaptamos nuestro lenguaje al destinatario del mensaje, siendo más pedagógicos en las explicaciones.

Admiro el esfuerzo y el mimo que se ha puesto en la redacción de algunas leyes y/o textos normativos (ej Ley 11/2007) , en los que se empieza analizando la situación actual, las necesidades y oportunidades del momento, la descripción general de las medidas a adoptar, etc, todo ello siguiendo uh hilo conductor perfecto.

Si las sentencias y autos no son entendibles por los ciudadanos, se produce un efecto de indefensión efectiva ya que, aunque es posible contratar un profesional de la materia (ie. abodago), lo cierto es que solo se hace cuando del daño para el interesado es enorme. EN el resto de casos, se deja pasar el asunto, se asumen las pérdidas y gana…quien más poder, dinero y recursos tiene.

Claro, Andrés, en ese sentido iban mis comentarios en el Blog de Sevach. Me alegra comprobar que tenemos la misma visión sobre este asunto.

También comparto la autocrítica: debemos vigilar para que los mensajes que enviamos sean entendibles por nuestros usuarios, y usar un lenguaje lo menos tecnicista posible.

Y sin embargo, recuerdo una sesión de derecho administrativo, donde el ponente ironizó sobre la Ley 11/2007 y las «leyes que se nota que están hechas por informáticos», literalmente. No recuerdo sus quejas concretas, pero la idea era que en general adolecían de rigor jurídico y eso podía ser causa de indefensión, y de que se interpusieran recursos innecesarios.

A mí sí me parece clara, pero en fin, yo tampoco soy jurista. Quede sólo como ejemplo de que los profesionales al final todos tenemos nuestro bagaje, nuestras deformaciones, y nuestras varas de medir 🙂

Lo que sí se es que la claridad no debe estar reñida con el rigor, y que es la ambigüedad la que crea indefensión. No se cuánto del lenguaje incomprensible que nos gastamos los profesionales de todo tipo es realmente necesario. Algo sí, pero ¿todo? ¿cuánto es autoprotección, engreimiento consciente o inconsciente, o, más probablemente, simple hábito? Y ¿cómo evaluarlo sin caer en la deformación que decía arriba?

Habría que hacer ejercicios del tipo «explícamelo como si fuera mi abuela» con personas de perfil medio, y a lo mejor nos sorprenderíamos de lo que algunos tienen que pelear con conceptos que damos por sentados.

Y sin embargo, Rubén, yo tengo la impresión contraria: que los defectos de la Ley 11/2007, y sobre todo de su reglamento, son precisamente por la intervención del lado jurídico, que acentúa un exceso de similitudes entre el mundo virtual y el mundo real, perdiendo de hecho muchas oportunidades de aprovechar las posibilidades de las TIC para mejorar el servicio de las AAPP.

Así por ejemplo, no se comprende porqué se mantiene la obligación de crear una sede electrónica por cada organismo.La creación de sedes o registros independientes tenía sentido en el mundo real por la proximidad del servicio al ciudadano, pero en el mundo virtual las distancias se reducen de tal modo que se puede conseguir un importante aumento de la eficacia y eficiencia de los servicios gracias a la factorización. Una sede para todos (incluso, si me apuras, que fuese optativa) sería mucho más eficiente, y sobre todo, mucho mejor para el ciudadano.

Otro ejemplo es el mantener como medio válido de notificación el correo electrónico, cuando es evidente que el correo electrónico actual, el de Internet, no cumple con los requisitos legales. La falta de rigor técnico en la redacción de las normativas legales lo único que hace es crear confusión y dificultar su cumplimiento, como se ha puesto de manifiesto en los comentarios a mi artículo anterior, «El correo electrónico: ni contigo ni sin tí«.

En cuanto al segundo de tus argumentos, te contesto conjuntamente en la respuesta a Victoria.

Totalmente de acuerdo con el artículo, no es lógico que el lenguaje utilizado en la sentencia, sea tan inteligible, máxime teniendo en cuenta que va dirigida a un millón de personas , ¿será aposta el hacerlo tan enrevesado?.
La verdad es que el lenguaje especifico de diferentes sectores profesionales , como el jurídico en este caso, el de los economistas explicando la crisis o el de sector médico explicando enfermedades , hacen que los que reciben la información se sientas unos ignorantes en la materia. En contra punto tenemos nuestro sector de la tecnología, que la hemos hecho fácil al resto del mundo, consiguiendo que todos lo utilicen, miremos el ejemplo de google o de Windows o de los i_phone , todo el mundo conoce google y sus herramientas, todo el mundo utiliza algún correo electrónico y los complejos teléfonos móviles, pero ¿ realmente conocen la complejidad que hay por detrás? ¿la cantidad de servidores, CPD, swiches, almacenamientos, firewall, balanceadores, router, etc..? y cuando van a entrar a un correo electroncito , no les decimos ,” estimado usuario esta accediendo usted a su correo electrónico, a través de los balanceadores y del firewall de su servidores de correo ,que se encuentra en un CPD, con servidores virtualizados con tecnología Vwmware y sistema operativo Linux. Para acceder a la información que se guarda en el sistema de almacenamiento , que a su vez esta redundado para que usted no pierda la información y del que se hace backup incremental todos los días, este correo viaja convertido en bit, que forman bytes y Megas”…………, no simplemente le mostramos el contenido del correo que algún amigo le ha mandado desde la otra punta del mundo y parece tan fácil…….., creo que algo hemos hecho mal y no hacemos que se valoren los sistemas de información, como los jurídicos sus sentencias.

Rubén, Victoria: la oscuridad y la imprecisión en el lenguaje puede no ser casual sino deliberada. Puede que su causa no sea simplemente un vicio o defecto inintencionado sino un mecanismo de defensa, un intento de crear una nube de humo para que no se vea lo que hay detrás.

En efecto, juristas y economistas, en ocasiones no tienen nada claras las cosas, por lo que ocultan su verdadera opinión o juicio en una nube de circunloquios y tecnicismos para ocultar la verdad que hay por detrás, que en muchas ocasiones es que ellos no tienen tampoco ni idea, pero no pueden dejar que se descubra su debilidad, pues perjudicaría «su prestigio».

Eso, cuando no es porque lo que se intenta proteger no es ni mas ni menos que una posición personal o corporativa, que también se dan casos.

Por eso yo desconfío de los lenguajes oscuros y pido que las cosas se digan con claridad, y máxime en aquellos aspectos que nos afectan a todos.

Y como se ha dicho ya anteriormente y como tú comentas, Victoria, apliquémonos también nosotros el cuento, los TIC, creando servicios simples y comunicando de forma sencilla su funcionamiento para beneficio de todos.

Completamente de acuerdo con lo de la cortina de humo. También se ve mucho en el mundo técnico.

Y completamente de acuerdo con lo de la Ley 11, que personalmente veo igual que tú. El concepto de «sedes» electrónicas, la «comparecencia»… estamos re-interpretando en términos electrónicos conceptos que se pensaron para otros tiempos, con otros problemas y prioridades.

Es como cuando empezaron a circular los primeros automóviles. Para que no asustaran a la población debían ser precedidos por una persona a caballo. Y está la frase (probablemente apócrifa por otro lado) de Henry Ford, diciendo «If I had asked people what they wanted, they would have said faster horses.» La resistencia al cambio es un problema real.

Lo que pasa es que el salto conceptual de «permitir» o como mucho «impulsar» la interacción por medios electrónicos a considerarla un derecho ciudadano, que es el gran mérito de esta ley, en su momento debió asustar a mucha gente. Y aunque la timidez con la que se aborda la simplificación administrativa es una oportunidad perdida (unas pocas palabras en el RD 1671/2009 por lo que corresponde a la AGE), supongo que lo que había que conseguir es dar ese primer salto. Pero sería muy triste quedarnos ahí.

El lenguaje oscuro por parte de la Administración es un atentado al ciudadano. Si ya es grave que cualquier persona tenga dificultades para entender lo que le dicen en las administraciones locales o autonómicas, encontrar ejemplos como el que aquí se cita por tu parte es para explotar de indignación.
¡Enhorabuena por tu blog!

Teneis mucha razón pero difícil solución porque los jurista como los expertos de cualquier disciplina dirán que el lenguaje divulgativo no tiene la precisión que requiere un texto especifico de la materia y a partir de ahí escriben para expertos y no es su objetivo que los legos entendamos aunque nos afecte y mucho.

Lo peor de todo es que los juristas en concreto no consiguen que su lenguaje kriptico sea totalmente preciso y ejemplos podrían darse miles de las imprecisións de las leyes y del resto de la normativa y como tienen que hacer mil interpretacioens que pueden ser totalmente distintas en función de quien las haga.

En fin que nuestro lenguaje como tecnologos tambien es dificil pero suele ser mucho más preciso cuando hablamos entre nosotros y además somos conscientes de que tenemos que hacer esfuerzos para que los demás nos entiendan y hasta a veces lo conseguimos.

Es cierto, David, aunque el ejemplo que he puesto en el artículo, no hace gala de demasiada precisión legal o linguística. Más bien parece que la imprecisión es bandera de este auto del TC. Y si no, a las palabras:

«cuestión notoriamente infundada»,…»cierto grado de indefinición»…, «determinado margen de apreciación».., «controlar la solidez de la fundamentación…» «permite apreciar la falta de viabilidad…», «sin que ello signifique, necesariamente,..» «pudiendo resultar conveniente…» «pudiera provocar efectos…»

El uso exagerado de términos y expresiones indefinidas o dudosas en el larguísimo y espesísimo párrafo, parece denotar un deseo de ofrecer unas disculpas anticipadas al lector, y ya se sabe:

«Excusatio non petita, accusatio manifesta»

(lo bueno de usar latinajos es que no hay que molestarse en buscar los derechos de autor 😉

Creo que estas redacciones, como el Auto que reproduces aquí parcialmente, están hechas con toda la intención: para que no nos enteremos. Cuanto menos sepamos mejor. La ignorancia de muchos es la fuerza de unos pocos.

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