El Consejo de Ministros del 23 de Julio aprobó el Proyecto de Ley del Registro Civil. El objetivo de este proyecto es agilizar y eliminar trámites burocráticos innecesarios y configurar un Registro Civil electrónico, «moderno, rápido, accesible y único» para toda España.
Los lectores de éste blog recordarán el artículo de hace poco más de un año, titulado «La administración de los garbanzos«, en el que se contaba la historia, real, de los avatares de un sufrido ciudadano para recuperar un extraviado Libro de Familia, necesario a su vez para obtener un pasaporte de un menor de edad, y de las idas y venidas de ventanilla en ventanilla, de localidad en municipio, para conseguirlo.
Así que no puedo por menos que alegrarme sinceramente de saber que por fin alguien ha decidido poner remedio sensato a ésta situación. Actualmente existen 431 Registros civiles principales, junto a más de 7000 juzgados de paz con competencias en materia de Registro civil, y que operan sin conexión, sin coordinación y con competencias territoriales definidas según circunscripciones.
Mediante esta ley, se liberará a los Jueces de estas tareas extrajudiciales, al tiempo que se orienta el nuevo registro civil como un Servicio Público, superando una concepción tradicional que suponía carga administrativa para el ciudadano.
Gracias a la tecnología, la mayor parte de las comunicaciones entre Administraciones públicas se realizará en forma telemática, destacando la remisión por parte de los responsables de los centros de salud, relativa a nacimientos y defunciones y de los Ayuntamientos respecto de los matrimonios. La mayor parte de las certificaciones serán innecesarias puesto que las Administraciones y funcionarios públicos podrán consultar en línea la base de datos del Registro Civil Electrónico y, por tanto, el ciudadano no tendrá que aportarlos. El Registro civil remitirá de oficio la certificación de nacimiento o de matrimonio al interesado, sin necesidad de que éste lo solicite.
No es menos importante el hecho de que el Registro Civil Electrónico estará orientado a las personas. Se creará para cada persona de un registro individual en el que se incluirá toda la información de su trayectoria vital. Se supera la configuración tradicional en la que lo relevante eran los hechos que se inscribían los cuales se reflejaban en libros y secciones diferentes.
Un claro ejemplo de lo que siempre decimos: la aplicación de la tecnología, para ser eficaz, debe venir acompañada de las necesarias reformas, legales, organizativas y procedimentales, que permitan aprovechar todas sus posibilidades, mejorando el Servicio Público a los ciudadanos.
En fin una excelente noticia. El texto de la nota de prensa del Ministerio de Justicia está publicado en este enlace.
8 respuestas a «El registro civil único electrónico»
[…] This post was mentioned on Twitter by Antonio J. Sierra, Felix Serrano. Felix Serrano said: El registro civil único electrónico: http://wp.me/pnOSM-wd […]
Me parece una noticia buenísima, porque el Registro Civil es uno de los servicios tractores de la Administración electrónica. Seguramente, los certificados de nacimiento, matrimonio y defunción son de los más demandados, junto con las extintas fotocopias del DNI y los certificados de empadronamiento. Ah! Y el Libro de Familia uno de los documentos más incómodos para certificar. El Registro Civil Electrónico va a suponer un valioso empujón para la Administración Electrónica.
Desde luego, Iñaki.
Aunque aún hay que tramitar el Proyecto de Ley, y luego habrá que desarrollarla y aplicarla.
Pero efectivamente, será una base importante sobre la que construir servicios a los ciudadanos.
Gracias por tu comentario y por tu visita.
A mi el proyecto me parece importantísimo. Tanto hablamos de los servicios orientados a hechos vitales y el principal repositorio de éstos lo teníamos en estado demonónico. Al proyecto sin embargo le veo una pega, aún no esta clara que relación va a haber entre el número/identificador de ciudadano que te den al nacer y el número de DNI. Hay que recordar que el segundo lo da el Mº de interior, y estas son las cosas que suelen convertirse en obstáculos insalvables. Dios quiera que no acabemos con dos números de identidad, el de Justicia y el de Interior.
No creo que la existencia de varios números o códigos de identificación sea una pega importante, Andrés. Ya actualmente hay que convivir con varios de ellos, tanto de origen público como privado: DNI, Número de la Seguridad Social, números de tarjetas de crédito y débito, números de tarjetas de fidelización…
Desde luego lo que sí es una buena idea es que esa identidad unívoca se fije desde el mismo momento del nacimiento, quizás asociándola a alguna firma del ADN individual, por ejemplo, para que sea irrepetible e inalterable.
PUES A MI Y A OTROS MUCHOS ESTA NOTICIA NOS CREA INQUIETUD, PORQUE NO SABEMOS COMO VA A SER EN LA PRACTICA, SOY FUNCIONARIA Y TRABAJO EN UN JUZGADO DE PAZ, AHORA NO SABEMOS QUE VA A PASAR CON NOSOTROS SI NOS QUITAN ESA COMPETENCIA, QUE REALMENTE PIENSO QUE NO FUNCIONABA TAN MAL COMPARANDOLA CON OTROS ESCOLLOS QUE TIENE LA JUSTICIA. ALGUIEN SABE COMO SE VA A ESTRUCTURAR, EN CUANTO A PLANTILLA DE TRABAJADORES SE REFIERE, LOS NUEVOS REGISTROS CIVILES?. A NOSOTROS EL MINISTERIO NO NOS DICE NADA, TODO SON INCOGNITAS, COMO SIEMPRE LOS ULTIMOS EN ENTERARNOS DE TODO SOMOS LOS TRABAJADORES. NO TENEMOS NADA INFORMATIZADO, NI NOTICIAS DE CUANDO SE VA A EMPEZAR A DIGITALIZAR EL REGISTRO, NADA DE NADA…NOS ENTERAMOS POR LA TELE DE TODOS ESTOS CAMBIOS, ME PARECE MUY FUERTE…PERO ESPERO QUE EN EL FUTURO DE VERDAD ESTE CAMBIO SEA POSITIVO, YA VEREMOS….
Félix, continuando con lo que ha esbozado la compañera de RC, me da la impresión por lo que dices de que no trabajas en un RC y eso hace que tu opinión sea bastante ingenua.
Aunque el fondo del asunto es positivo, sin duda (son obviedades), hablar de RC electrónico es a estas alturas una estupidez. Resulta que todos los RC Delegados (Juzgados de Paz) tienen que desaparecer, pero no sólo ellos, sino también una buena parte de los Principales (capitales de partido judicial), en cuanto entre en vigor el la ley proyectada por el Consejo de Ministros (vacatio legis de dos años), ya que sólo deberá haber un RC por cada ¡¡¡ 500.000 habitantes !!! (ni siquiera todas las provincias tendrán una Oficina General de RC, que es como se llamarán estúpidamente a partir de ahora). Todo esto significa que el RC más próximo para la mayoría de ciudadanos estará a 50, 80 o 120 km. ¿Cómo se solucionan estas distancias? Con Internet, por supuesto, al que se le atribuye en este proyecto el santo grial de la solución de todos los actuales problemas del RC. Sin embargo, ¿para cuándo tendrá toda la población Internet en sus casas? ¿Dentro de 10 años? ¿De 15? ¿De 20? ¿Qué hacemos con la población mayor que nunca aprenderá a utilizar herramientas informáticas…?
Pero es que además, resulta que a fecha de hoy todavía la mayoría de los RC Delegados (Juzgados de Paz), que son la mayoría, no tienen digitalizas sus inscripciones registrales. Y los Principales sólo a partir de 1950 (existen inscripciones desde 1870). De modo que ¿dentro de dos años en que entra en vigor la ley proyectada estarán todas escaneadas y metidas en el sistema informático del que el Ministerio quiere que extraigamos la información de oficio para tramitar los asuntos y expidamos las certificaciones registrales que solicite el ciudadano? Evidentemente, NO, porque además del tiempo que ese proceso conlleva, la digitalización actual no fue más allá de 1950 porque se acabó el presupuesto, como suena. Entonces, ¿qué hacemos con este maravilloso RC Electrónico y Único, cuando tengamos en dos años una ley para funcionar telemáticamente, pero no tengamos de donde sacar la información digital…?
[…] bien, resaltando la línea acertada a seguir, como en el ámbito legislativo con la creación del Registro civil único electrónico, o en el ámbito organizativo recordando a La OAMI: una Agencia Pública del siglo XXI. 9. Cloud […]