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Mejora de la Administración Servicio Público

Sobre leyes, empleados públicos, ética profesional, y tecnología

La ley (del latín lexlegis) es una norma jurídica dictada por el legislador, es decir, un precepto establecido por la autoridad competente, en que se manda o prohíbe algo en consonancia con la justicia.

Esta es la definición de la Wikipedia. En la Constitución Española, la palabra Ley aparece 165 veces, y Leyes, 37. Las leyes son unos de los pilares de nuestra sociedad, como dice el Artículo 10 :

  1. La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social.
  2. Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España.

Ahora bien, como la sociedad está compuesta de muchas personas diferentes, es normal que no haya ninguna ley que sea del gusto de todos. No solo eso: todas las leyes pretenden un beneficio social, pero es obvio que por su mera existencia no sólo producen beneficios sociales, sino también perjuicios. Los beneficios producidos por las leyes deberían ser siempre superiores a los perjuicios, y así creo que es generalmente, pero esto como lo anterior siempre es opinable, y por lo tanto existirán opiniones de determinadas personas de que los perjuicios superan a los beneficios en determinadas leyes.

Esto es así y no es malo. Una de las libertades fundamentales del estado de derecho es la libertad de pensamiento y también la libertad de expresión (siempre con el límite del respeto a los derechos de los demás). Pero que uno opine en contra de una ley no le da derecho a incumplirla. Si hacemos eso, rompemos la baraja y el estado de derecho se va al cuerno.

Una segunda cuestión es que ninguna ley es perfecta sintácticamente (gracias Javier Badía por ayudarnos a redactar mejor las leyes) ni tampoco semánticamente, por lo que siempre caben interpretaciones, existiendo incluso contradicciones entre lo que disponen unas leyes y otras. Esta imperfección está en relación directa con la complejidad, y es el motivo por el que, en mi opinión  para tener mejores leyes hay que tener menos leyes, invirtiendo la tendencia actual de inflación legislativa: cuantas más leyes peores son, y menos consiguen su fin de ordenamiento social.

Pero a la postre las leyes hay que aplicarlas. TODOS tenemos que aplicarlas. El estamento último responsable de su aplicación es el Sistema Judicial, al cual se acude (se debería de acudir en última instancia) para decidir sobre la aplicación de las leyes.

Tampoco el sistema judicial es infalible. Como todo lo humano. Aunque se le presume una mayor competencia en su función que al resto, y por ello las decisiones judiciales hay que respetarlas, incluso aunque no estemos conformes con ellas. Resulta una falacia afirmar que algo es verdad porque lo dice un juez, cosa que se hace habitualmente, pero respetando las opiniones en contra, lo que es cierto es que esas decisiones deben ser acatadas por los afectados porque es parte del sistema en el que convivimos.

El sistema judicial es bastante complejo, y no incluye sólo a la Administración de Justicia, y de Interior, sino a un importante conjunto de profesionales que no forman parte de la Administración: abogados, procuradores, etc. Los procedimientos judiciales pues se desarrollan en medio de un entramado de fases, instrucciones, sentencias y recursos, que siendo probablemente necesarios para hacer valer las garantías y derechos de cada uno, ha devenido en un segundo problema, adicional al ya expresado de la imperfección de las leyes, que es la demora: demora muy alta en términos de vida de las personas, que prácticamente siempre se mide en años, cuando no en lustros. Esta elevada demora en los plazos para que la Justicia sentencie hace que no sólo pierda eficacia, sino también genera efectos colaterales indeseados, que a veces rozan la injusticia al aplicarse las leyes en situaciones que han cambiado completamente desde el momento en que se produjeron los hechos juzgados.

Y, aprovecho para decir, en el caso de las leyes que afectan o son afectadas por la tecnología, el cambio tecnológico es tan rápido que con frecuencia las leyes se quedan anticuadas y obsoletas en plazos más cortos que el lustro o lustros que pueden llegar a tardar los sistemas judiciales en resolver sobre los casos concretos de su aplicación. Y cuando hablo de tecnología, hablo también de los aspectos sociales de la tecnología, es decir, aquellos en los que la evolución de la sociedad ha ido pareja a la de la tecnología: Contenidos Digitales, Redes Sociales, movilidad…

Por lo tanto, es evidente, y lo ha sido siempre, que la aplicación de las leyes se realiza en muchos casos en primera instancia por los empleados públicos integrantes de órganos u organismos a los que se les encomienda expresamente la aplicación de determinada ley. Los ejemplos son innumerables, pero por decir unos pocos que conozco, la aplicación de la Ley de Subvenciones en los proyectos y actuaciones del Plan Avanza, o la aplicación de la Ley General de Telecomunicaciones en el ámbito de la gestión del espectro radioeléctrico, ambas en la SETSI o la aplicación de la Ley de Marcas, la Ley de Patentes y Modelos, la Ley de Diseños Industriales o la Ley de Topografías de semiconductores en el ámbito de la OEPM.

La encomienda en la aplicación de leyes específicas a un órgano administrativo está justificada en virtud de la eficiencia y la eficacia, es decir, para conseguir resultados en el menor plazo posible y con el menor coste posible.  Aunque, como hemos visto, las actuaciones administrativas en la aplicación de estas leyes siempre tienen el último recurso a la justicia. Pero es algo que el empleado público se esfuerza mucho en evitar pues es muy costoso y prolongado. De modo que la ética profesional del empleado público, que en primer lugar le obliga a cumplir y hacer cumplir las leyes, específicamente las que ejerce en su trabajo, además procura hacerlo con eficacia y eficiencia, no sólo porque es su obligación sino porque le genera beneficios y le evita problemas posteriores.

Generalmente (siempre hay excepciones) creo que el ejercicio profesional en el marco legal del empleado público es bastante bueno, incluso en el caso de que el empleado no le guste o no comparta la ley que le toca aplicar. Eso se llama ética profesional. Y creedme si os digo que la capacitación profesional de los empleados públicos que he conocido es altísima en este ámbito. Y también os digo que, dentro del margen que permiten las leyes, los funcionarios se esfuerzan por hacer lo que creen mejor para los ciudadanos y empresas que se relacionan con ellos en el ejercicio de sus funciones, y por producir los menores efectos colaterales indeseados en sus decisiones.

Y en esta ecuación, ¿que función desempeña la tecnología?. Como hemos dicho antes, la tecnología se caracteriza por una rápida evolución que lleva aparejada una evolución social paralela. Dada la dificultad y lentitud de los procesos legislativos y judiciales, en este ámbito es especialmente recomendable conceder mayor ámbito de actuación al empleado público, en virtud de los sempiternos principios de eficacia y eficiencia. Y para hacerlo, es especialmente importante contar con funcionarios preparados y motivados. Me consta que hay un alto nivel de preparación tecnológica, no sólo entre los profesionales TIC, sino en la mayor parte de los funcionarios.

Sería muy fácil para mi decir ahora que la motivación es el problema, pero lo cierto es que no lo pienso así. Conozco muchos profesionales excelentes que aman su trabajo, que lo hacen lo mejor que saben y pueden incluso cuando no están de acuerdo con la forma en que se hace o con otros aspectos que no les gustan. Gente que, además, cree que es necesario cambiar ciertas cosas, y que hace propuestas para cambiarlas, sin que ello les impida sacar el día a día de su trabajo. Algunos incluso tan valientes como para mantener un blog público en el que expresan sus preocupaciones, opiniones y propuestas. Gente como ésta (y sólo digo unos cuantos que se me ocurren en este momento, que son los que suelo leer):

Debo decir que, aunque en general comparto sus opiniones, no siempre es así. A veces lo comento en el blog o en el twitter, o a veces me lo callo. Pero siempre, siempre, respeto lo que opinan, en primer lugar por tener el valor de exponerlo, en segundo lugar porque se aprende más de las diferencias que de las igualdades, porque para evolucionar hay que escuchar.

Dejo para el final a Lucía Escapa, quien hace poco ha sufrido una campaña de descalificaciones personales, en la prensa digital y en twitter, como consecuencia de su inclusión en la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual, en referencia a un artículo publicado en su blog sobre la cuestión del Software libre en las AAPP, y que ha derivado en simplonas acusaciones en las que se pone en duda primero su capacidad para distinguir entre el mundo virtual y el mundo físico, y luego entre un enlace y el contenido enlazado.

Para empezar, debo decir que conozco a Lucía hace algún tiempo, y es una profesional como la copa de un pino. Aparte de su historial que aparece en Linkedin, ha recibido varios premios, por su carrera profesional, y por su labor en favor de la difusión y promoción de las TIC en las redes sociales. Además está colaborando más que activamente en las propuestas de la Reforma de la Administración, y el documento que presenta ASTIC a este respecto se basa en un trabajo previo que la propia Lucía publicó en su blog. Por supuesto lleva mucho tiempo ejerciendo como profesional TIC de alto nivel, y sin duda (parece hasta una ofensa tener que decirlo) conoce bien ciertos detalles básicos de la tecnología que permiten distinguir entre un enlace html y el objeto o página enlazado.

Creo que los que la critican yerran el tiro triplemente. Primero porque no es el tipo de profesional sobre el que se pueda poner en duda su competencia para aportar su conocimiento y su valía en esta Comisión. Segundo porque las ideas se defienden con argumentos y no con ataques personales. Si, en lugar de los argumentos, se recurre a la descalificación, es porque el acusador carece de otros argumentos, lo cual devalúa a los ojos de los demás aquello que defiende. Y tercero, porque, si existe la ley y el reglamento que desarrolla la sala segunda de la Comisión, y la ley y el reglamento hay que cumplirlos, más vale que cuente con profesionales altamente preparados, pues son los que mejor pueden conocer y decidir sobre los asuntos que le sean sometidos.

Lucía es una mujer valiente que defiende sus principios y se atreve a exponerlos y debatirlos en un foro abierto. Solo por eso, ya merecería un respeto.

Terminaré citando a Claudio M. Cipolla en su imprescindible obra «Las leyes fundamentales de la estupidez humana«, en concreto el corolario a su quinta y última ley:

El estúpido es más peligroso que el malvado

Así que evitad enredaros con aquellos que no muestran inteligencia, pues sólo os traerá problemas.

Por Felix Serrano

Podéis ver mi perfil en LinkedIn:

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2 respuestas a «Sobre leyes, empleados públicos, ética profesional, y tecnología»

Un post para guardar, Félix. Gracias por tomarte el tiempo para poner en orden, en esencia, lo que algunos queríamos expresar el otro día (me tuve que descolgar de la discusión en twitter sobre ética y legalidad cuando más interesante estaba).

Idem sobre el ataque ad-hominem, que resume una de nuestras más tristes incapacidades como sociedad: la de poder debatir ideas diferentes con espíritu constructivo.

Me quedo con la palabra «simplonas». Utilizar dos palabras de un post sobre un tema lejanamente relacionado para poner en duda el trabajo que Lucía ejerce en la Comisión, obviando cualquier otra consideración, es tan frívolo que desprestigia a cualquiera que utilice tal «argumento». Si además, para defender este «argumento», se recurre a las ideas políticas de Lucía sobre vivienda o educación… en fin, a mí me parece nauseabundo, digno de otras épocas. Y lo de llamar pelota a cualquiera que no esté de acuerdo con el «argumento» me retrotrae a aquellos días en el patio de mi colegio…

Por no hablar del «periodista» (¡madre mía, cómo está el patio periodístico!) que del post de Lucía concluye que está a favor de pagar 500.000 euros por la web del Senado. Hablando claro: o su capacidad de razonar es muy limitada o tiene una asombrosa carencia de ética o ese día comió algo en mal estado. No se me ocurren otras opciones que justifiquen tamaño desatino.

No conozco personalmente a Lucía ni estoy en ocasiones de acuerdo con las ideas que expone (aunque me gusta mucho leerlas). Pero hasta donde yo sé es una excelente profesional, y en mi opinión lo que se debe juzgar de un empleado público es su trabajo, no sus ideas. Si no defendemos el trabajo de los buenos profesionales que hay en la Administración terminará por no haberlos. Y entonces todos perderemos, incluso los que ahora berrean porque no les gustan dos palabras de una entrada de blog.

Gracias por tu post, Félix.

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