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Administración Electrónica

El aviso legal en el correo electrónico

De un tiempo a esta parte me interesa especialmente el tratamiento que se dá al Correo Electrónico en las organizaciones. En esta ocasión voy a tratar el asunto del mensaje que se añade automáticamente  pie de los mensajes de correo salientes. No he encontrado una referencia clara, que sea especialmente aplicable para los servicios de correo electrónico en las AAPP,  y estoy trabajando en varias propuestas:

Propuesta 1:

ADVERTENCIA LEGAL

Le informamos, como destinatario de este mensaje, que el correo electrónico y las comunicaciones por medio de Internet no permiten asegurar ni garantizar la confidencialidad de los mensajes transmitidos, así como tampoco su integridad o su correcta recepción, por lo que el emisor no asume responsabilidad alguna por tales circunstancias. Si no consintiese en la utilización del correo electrónico o de las comunicaciones vía Internet le rogamos nos lo comunique y ponga en nuestro conocimiento de manera inmediata.

Este mensaje va dirigido, de manera exclusiva, a su destinatario y contiene información confidencial y sujeta al secreto profesional, cuya divulgación no está permitida por la ley. En caso de haber recibido este mensaje por error, le rogamos que, de forma inmediata, nos lo comunique mediante correo electrónico remitido a nuestra atención o a través del teléfono (+ 34) 91 234 5678 y proceda a su eliminación, así como a la de cualquier documento adjunto al mismo. Asimismo, le comunicamos que la distribución, copia o utilización de este mensaje, o de cualquier documento adjunto al mismo, cualquiera que fuera su finalidad, están prohibidas por la ley.

Propuesta 2:

AVISO LEGAL: El contenido de este mensaje de correo electrónico, incluidos los ficheros adjuntos, es confidencial y está protegido por el artículo 18.3 de la Constitución Española, que garantiza el secreto de las comunicaciones. Si usted recibe este mensaje por error, por favor póngase en contacto con el remitente para informarle de este hecho, y no difunda su contenido ni haga copias.

*** Este mensaje ha sido verificado con herramientas de eliminación de virus y contenido malicioso ***

Este aviso legal ha sido incorporado automáticamente al mensaje.

Me gustaría pedir desde aquí vuestra colaboración, por dos medios. El primero, una encuesta, con varias opciones, que vereis más abajo.

El segundo mediante vuestros comentarios o propuestas alternativas.

No he querido reflejar en este punto mi opinión para no mediatizar las vuestras. Pero en el plazo de una semana veremos los resultados y reflejaré mi opinión final.

Por Felix Serrano

Podéis ver mi perfil en LinkedIn:

http://www.linkedin.com/in/feserdel

19 respuestas a «El aviso legal en el correo electrónico»

Me quedaría con la segunda, incluso eliminando a la referencia de eliminación de virus: cuanto más simple sea un disclaimer menos pereza hay de leerlo, y por extensión de tomarlo en cuenta.

Mi pregunta es: ¿hasta que punto es legal estos disclaimers en el ámbito de la AAPP? ¿habría alguna justificación legal a la que agarrarse, en el EBEP p.e., para agregarlo a todas las comunicaciones generadas dentro de un organismo público?

Un saludo.

La dirección de correo electrónico es un dato de carácter personal y protegido por la LOPD. Sin embargo parece ser que el contenido de los mensajes puede acogerse al secreto de las comunicaciones, que se protege en el artículo 18.3.

La duda que expresas, Jesús, la comparto. Es precisamente uno de los objetivos de este artículo: a ver si alguien conoce alguna referencia más sólida, tanto en el sentido de poner algo, como en el de no ponerlo.

Relativo al uso del correo electrónico, en el ámbito de la Junta de Andalucía aplica el ‘Manual de comportamiento de los empleados públicos en el uso de los sistemas informáticos y redes de comunicaciones de la Administración ‘n de la Junta de AndalucŒa’ (BOJA 200/2004), del que copio lo artículos que son relativos al uso del correo electrónico:

6.8. Cualquier fichero que se introduzca en la red corporativa o en el puesto de trabajo del usuario a través de soporte automatizados, internet, correo electrónico o cualquier otro medio, deberá cumplir los requisitos establecidos en estas normas y, en especial, las referidas a la propiedad intelectual, el control antivirus y la protección de datos de carácter personal.

6.11. Toda salida de información que contenga datos de carácter personal, sea en: soportes informáticos, correo electrónico, portátiles, etc., sólo podrá realizarse por personal autorizado formalmente por el responsable del fichero, siempre cumpliendo la normativa vigente que garantiza los niveles de protección.

10.3. El uso por los usuarios del correo electrónico habilitado por la Administración de la Junta de Andalucía es estrictamente profesional, es decir, para el ejercicio de las funciones que corresponde al puesto de trabajo que desempeñe.

10.5. Los usuarios no pueden interceptar, leer, borrar, copiar o modificar el correo electrónico dirigido a otros usuarios.

De todas maneras, y como dice el refrán, del dicho al hecho hay un trecho.

Me quedo con el 2, aunque con una variación. Yo entiendo que todo correo corporativo es una herramienta de trabajo, y por tanto no hablas tú, sino tu organización. Consecuentemente, si alguien recibe un correo por error, no ha de ponerse en contacto con el «remitente», sino con la «organización del remitente». La diferencia es sutil pero importante, ya que el envío del correo hacia fuera de por sí puede haber violado alguna norma de la organización.

No obstante, Felix, por si necesitas también un aviso legal interno, aquí te dejo esto que acabo de ver. Maravillosa simplicidad Británica y aplicable no sólo al uso del correo, sino también a las herramientas sociales: http://www.civilservice.gov.uk/iam/codes/social_media/participation.asp

Hace pensar lo asumidas que las tienen los británicos ya estas cosas del 2.0

La validez de los avisos legales en e-mail es muy dudosa. Se trata de unas condiciones unilaterales comunicadas al destinatario después de haber leído el mensaje y que no ofrezcan un mecanismo para rechazarlas. Por lo que sepa yo, ningún juez en ningún país ha dado importancia a los disclaimers porque dan más peso al contenido y las circunstancias del mensaje.

El texto que yo uso (pero solo al responder a un mensaje con texto legal) es:

**Aviso legal**
Al enviar correo electrónico a cualquiera de mis direcciones está de acuerda en que:
1. Yo soy por definición el ‘destinatario’
2. Toda la información en el correo esta a mi libre disposición y puedo usara para obtener beneficios económicos o publicarlo en internet.
3. Puedo interpretar los contenidos del mensaje como la opinión de su empresa
4. Esto anula cualquier cláusula de exención de responsabilidad o declaración de confidencialidad que se pueden incluir en su mensaje

Es claramente una broma, pero demuestra muy bien la debilidad de esos avisos legales.

En este caso más que de unas condiciones unilaterales, se trata de un recordatorio de obligaciones legales.

Prefiero por tanto que sea breve. Legalmente no añade obligación alguna al receptor que ya no tuviera y, entre más breve sea, menor posibilidad hay de error que nos perjudique y mayor la probabilidad de que sea leído.

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