<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><rss version="2.0"
	xmlns:content="http://purl.org/rss/1.0/modules/content/"
	xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/"
	xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom"
	xmlns:sy="http://purl.org/rss/1.0/modules/syndication/"
	xmlns:georss="http://www.georss.org/georss" xmlns:geo="http://www.w3.org/2003/01/geo/wgs84_pos#" xmlns:media="http://search.yahoo.com/mrss/"
		>
<channel>
	<title>Comentarios en: Mis conclusiones sobre el aviso en el correo</title>
	<atom:link href="http://efuncionario.com/2009/02/13/mis-conclusiones-sobre-el-aviso-en-el-correo/feed/" rel="self" type="application/rss+xml" />
	<link>http://efuncionario.com/2009/02/13/mis-conclusiones-sobre-el-aviso-en-el-correo/</link>
	<description>Porque una mejor Administración es posible</description>
	<lastBuildDate>Thu, 17 May 2012 19:37:13 +0000</lastBuildDate>
	<sy:updatePeriod>hourly</sy:updatePeriod>
	<sy:updateFrequency>1</sy:updateFrequency>
	<generator>http://wordpress.com/</generator>
	<item>
		<title>Por: Felix Serrano</title>
		<link>http://efuncionario.com/2009/02/13/mis-conclusiones-sobre-el-aviso-en-el-correo/#comment-422</link>
		<dc:creator><![CDATA[Felix Serrano]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 19 Feb 2009 22:31:25 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://efuncionario.com/?p=1042#comment-422</guid>
		<description><![CDATA[Julián, muchas gracias por la referencia. Ya la conocía. Al iniciar esta serie de artículos pensé que habría algo más concreto en las Administraciones, ya que tienen caracteristicas legales algo distintas. 
Finalmente me parece que no se están tratando estos asuntos de manera distinta que en las empresas, y quizás vamos incluso algo más atrasados que en ellas.

Otra cosa que tampoco me gusta es que se adoptan muchas veces estos avisos legales simplemente tal y como vienen por defecto en las herramientas, pero estan pensados para un entorno legal anglosajón. Estoy seguro de que no son de aplicación en España y menos en las Administraciones Públicas.

Sobre lo que comenta Andrés hay mucha tela que cortar, así que he escrito un artículo al efecto.

La equivalencia entre el email y el papel efectivamente es insuficiente para adoptar como válida la legislación aplicable del otro al uno. Por eso se hace imperativo, por un lado, desarrollar una normativa específica, y por otro, mejorar mucho los medios técnicos asociados al correo para poder darle valor profesional suficiente como para eliminar completamente el &quot;correo certificado en papel&quot; tradicional.]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Julián, muchas gracias por la referencia. Ya la conocía. Al iniciar esta serie de artículos pensé que habría algo más concreto en las Administraciones, ya que tienen caracteristicas legales algo distintas.<br />
Finalmente me parece que no se están tratando estos asuntos de manera distinta que en las empresas, y quizás vamos incluso algo más atrasados que en ellas.</p>
<p>Otra cosa que tampoco me gusta es que se adoptan muchas veces estos avisos legales simplemente tal y como vienen por defecto en las herramientas, pero estan pensados para un entorno legal anglosajón. Estoy seguro de que no son de aplicación en España y menos en las Administraciones Públicas.</p>
<p>Sobre lo que comenta Andrés hay mucha tela que cortar, así que he escrito un artículo al efecto.</p>
<p>La equivalencia entre el email y el papel efectivamente es insuficiente para adoptar como válida la legislación aplicable del otro al uno. Por eso se hace imperativo, por un lado, desarrollar una normativa específica, y por otro, mejorar mucho los medios técnicos asociados al correo para poder darle valor profesional suficiente como para eliminar completamente el &#8220;correo certificado en papel&#8221; tradicional.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Del uso en las Administraciones de los medios profesionales para asuntos particulares (y viceversa) &#171; eFuncionario</title>
		<link>http://efuncionario.com/2009/02/13/mis-conclusiones-sobre-el-aviso-en-el-correo/#comment-419</link>
		<dc:creator><![CDATA[Del uso en las Administraciones de los medios profesionales para asuntos particulares (y viceversa) &#171; eFuncionario]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 19 Feb 2009 21:03:28 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://efuncionario.com/?p=1042#comment-419</guid>
		<description><![CDATA[[...] inicialmente en el primer artículo sobre el aviso legal en el correo, e insiste en el segundo. Dice aquí: Félix, no entiendo porqué te parece curiosa mi sugerencia. Creo desde hace tiempo [...]]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>[...] inicialmente en el primer artículo sobre el aviso legal en el correo, e insiste en el segundo. Dice aquí: Félix, no entiendo porqué te parece curiosa mi sugerencia. Creo desde hace tiempo [...]</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: inza</title>
		<link>http://efuncionario.com/2009/02/13/mis-conclusiones-sobre-el-aviso-en-el-correo/#comment-415</link>
		<dc:creator><![CDATA[inza]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 16 Feb 2009 23:05:37 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://efuncionario.com/?p=1042#comment-415</guid>
		<description><![CDATA[Félix,

Hay una interesante reflexión al respecto (cuyos orígenes se remontan a 2001) en 

http://www.iabogado.com/esp/blogcfm/1/2007/12/Los-avisos-de-confidencialidad-en-los-correos-esos-engendros-jurdicos.cfm

Por mi parte yo incluyo una cláusula autorizando a usar mis datos personales y a informar al destinatario de que tengo los suyos y de como puede ejercitar los derechos ARCO de la LOPD.]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Félix,</p>
<p>Hay una interesante reflexión al respecto (cuyos orígenes se remontan a 2001) en </p>
<p><a href="http://www.iabogado.com/esp/blogcfm/1/2007/12/Los-avisos-de-confidencialidad-en-los-correos-esos-engendros-jurdicos.cfm" rel="nofollow">http://www.iabogado.com/esp/blogcfm/1/2007/12/Los-avisos-de-confidencialidad-en-los-correos-esos-engendros-jurdicos.cfm</a></p>
<p>Por mi parte yo incluyo una cláusula autorizando a usar mis datos personales y a informar al destinatario de que tengo los suyos y de como puede ejercitar los derechos ARCO de la LOPD.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Andres Nin Pérez</title>
		<link>http://efuncionario.com/2009/02/13/mis-conclusiones-sobre-el-aviso-en-el-correo/#comment-413</link>
		<dc:creator><![CDATA[Andres Nin Pérez]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 14 Feb 2009 11:01:02 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://efuncionario.com/?p=1042#comment-413</guid>
		<description><![CDATA[Felix, no entiendo porqué te parece curiosa mi sugerencia. Creo desde hace tiempo que debería culturizarse acerca de la incorrección formal que supone hacer uso del correo corporativo para fines personales. Es una cuestión que no puede llevar más que a confusiones y malentendidos. De igual modo que a nadie se le ocurre hacer uso de un sobre con el membrete del Ministerio o Empresa para una comunicación privada, deberíamos ser consciente de lo mismo en lo electrónico. De ponerse alguna nota al final del correo corporativo, debería reflejarse tal circunstancia. 

El resto de la ragumentación que realizas puede ser válida si supiéramos entender la equivalencia directa entre correo electrónico y correo papel. Lamentablemente no es así, la prueba está en el uso del mail corporativo para temas personales, razón por la cual creo que los disclaimer deben existir.]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Felix, no entiendo porqué te parece curiosa mi sugerencia. Creo desde hace tiempo que debería culturizarse acerca de la incorrección formal que supone hacer uso del correo corporativo para fines personales. Es una cuestión que no puede llevar más que a confusiones y malentendidos. De igual modo que a nadie se le ocurre hacer uso de un sobre con el membrete del Ministerio o Empresa para una comunicación privada, deberíamos ser consciente de lo mismo en lo electrónico. De ponerse alguna nota al final del correo corporativo, debería reflejarse tal circunstancia. </p>
<p>El resto de la ragumentación que realizas puede ser válida si supiéramos entender la equivalencia directa entre correo electrónico y correo papel. Lamentablemente no es así, la prueba está en el uso del mail corporativo para temas personales, razón por la cual creo que los disclaimer deben existir.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
</channel>
</rss>

